La historia que Manuel y Delia, una pareja de ancianos de 79 y 73 años de edad respectivamente han vivido en primera persona, con okupas de por medio, resulta paradigmática .Y lo es porque en ella concurren casi todas la patologías asociadas normalmente a la mayoría de las okupaciones : Leyes ridículamente tolerantes; justicia perezosa y rígidamente garantista hacia los derechos de los presuntos delincuentes o infractores y okupas insolventes que abusan y se burlan impunemente de leyes, jueces y víctimas, incluso ocasionando daños innecesarios al propietario; Y todo ello, además, subvencionado por la Administracion Pública .
La historia ha sido seguida desde sus inicios por la edición digital del Diario "el Progreso" de Lugo, quien en el día de ayer publicaba el epílogo de la okupación sufrida por dicha pareja de ancianos, tras el acto de entrega de la posesión de su vivienda, por parte de la Comisiòn Judicial del Juzgado Civil competente, tras más de diez meses de batalla jurídica contra unos okupantes,inexplicablemente desconocidos para la Justicia, y a quien parece haber tenido gran interés ni tan siquiera en conocer.
La secuencia de los hechos, tal como la relata el "Progreso" de Lugo, en
diversas informaciones ( 1 , 2 , 3 ), es en síntesis la siguiente :
Manuel y Delia, originarios de dos pueblecitos de la provincia de Lugo, pero residentes en León, donde él trabajó en la mina, adquirieron, hace 20 años una casa en el número 226 de la calle Lamas de Prado en Lugo, consistente en bajo mas planta y desván, con la intención de pasar en la misma, una vez jubilado el primero, los meses de verano.
El pasado més de noviembre, tras haber pasado, el verano en la casa como venían haciendo regularmente tras su jubilaciòn, se marcharon a León, como hacen igualmente de forma regular para pasar el invierno, debido a los problemas respiratorios, consecuencia de su actividad profesional como minero; para los cuales el clíma húmedo invernal de Lugo no resulta recomendable .
A Finales de Enero, un familiar les avisó de que su vivienda de la calle Lamas de Prado había sido okupada por personas desconocidas. Conocido esto, encargó como primera medida a familares familiares de Lugo que se dirigieran a la Policía, para denunciar la usurpaciòn; lo que así hicieron aquellos inmediatamente, desplazándose la policía hasta la vivienda okupada y llegando a identificar a alguno de los okupantes, e incluso, al parecer, a trasladar a una mujer a Comisaría ; lo que tuvo lugar a principios del més de febrero.
Al día siguiente, Manuel y su esposa, acompañados de su hijo, se desplazaron a Lugo y consiguieron hablar con los okupantes, una pareja con dos niños menores y un adolescente quienes, justificaron la okupaciòn`diciendo que "la casa se la había alquilado un señor que habían conocido en un bar y que todavía no les había dado el contrato, pero que ya le habían entregado 300 euros en depósito y otros 300 de alquiler". Sin embargo, la versión que le habían comentado los vecinos era que los okupantes habían utilizando una escalera para acceder a la casa por una ventana trasera.
Intentó negociar con ellos el desalojo, pero todo fué en balde. Los okupas se atrincheraban en su supuesto contrato y se negaban a salir.
Ante ese panorama, el matrimonio, con fecha 3 de febrero de 2010 se dirigió al Juzgado de guardia y presentó una denuncia por usurpación, que en el reparto ordinario recayó en el Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo; hecho lo cual regresaron nuevamente a su habitual domicilio en León, esperando que la Justicia actuase y le reintegrase su vivienda.
Como transcurría el tiempo y sus familiares les informaban que los okupantes seguían en la vivienda, a principios de mes de junio de 2010 se trasladaron nuevamente a Lugo, personándose en el Juzgado de Instrucción nº 3, a quien había sido asignado el caso, donde les informaron que, mediante Auto de fecha 2 de junio la causa había sido sobreseida provisionalmente por desconocimiento de la identidad de los autores de la usurpación. Ante su estupefacción, puesto que, los okupas aún seguían okupando la vivienda y según sus informaciones, incluso la Policía había trasladado a Comisaría a una mujer okupante, le informaron que el sobreseimiento estuvo avalado por el fiscal y motivado porque un informe policial que recogía el hecho de que los ocupantes habían dicho que tenían un contrato de alquiler.
Poco después, el Diario "El Progreso", publicaba, una entrevista a los okupas, realizada en la propia casa okupada y con foto de los mismos incluida, en la que mostraban el supuesto contrato de alquiler con el que justificaban la okupación, pero negándose a identificar al supuesto arrendador que figuraba en el mismo, quien, según ellos, expedía los recibos de las mensualidades por el alquiler que supuestamente percibía.
Ante tan indignante situación, la pareja de ancianos, terminaron por contratar los servicios de un abogado para intentar abrir una vía jurìdica que les permitiese el desalojo de la vivienda okupada, y la recuperaciòn de su posesión. El abogado, ante la imposibilidad de recurir el Auto judicial de sobreseimiento provisional de la causa penal, por haber transcurrido ya el breve plazos para ello, y dado que aún no había transcurido el plazo de un año, le recomendó interponer una demanda civil de desahucio; acción que fué la finalmente llevada a cabo.
Entre tanto, los okupas, no solo se estaban beneficiando de la vivienda y de los gastos de luz y agua, que durante un tiempo corrieron a cargo del propietario, sino que además, al parecer, estaban percibiendo del
RISGA ( Renta de Integración Social de Galicia ), una subvenciòn de 530 Euros.
Esta vez, el Juzgado, con gran diligencia para los estándares de este tipo de juicio, que rara vez tardan menos de seis meses en sustanciarse, acaba de proceder a la entrega de la posesión a sus legítimos propietarios, sin que los okupas pusiesen mas resistencia que la nueva cerradura que habían colocado en la puerta y que fué necesario descerrajar, puesto que, al parecer, hacía varios días que habían abandonado la vivienda, sin comparecer en juicio a defender su versión de los hechos aireadas ante los medios de comunicaciòn .
Sin embargo, como tristemente suele resultar habitual, la alegría por la recuparación de la posesión venía empañada por el estado del inmueble que, además de presentar algunos desperfectos se pudo comprobar que del mismo había, desaparecido parte del mobiliario y enseres.
Mientras tanto los okupas, insolventes, que en el momento del desalojo, ni estaban ni se les esperaba no han sido sancionados penalmente por sus presuntos delitos, ni parece que vayan a serlo. Tampoco parece que vayan a responder civilmente indemnizando al propietario por los daños , y perjuicios ocasionados, debido a su insolvencia; y probablemente, a estas alturas y en vista del éxito y de la carencia de antecedentes penales por este hecho, probablemente se encuentren okupando una nueva vivienda, e incluso continúen percibiendo la renta periódica de inserciòn social . Todo un cúmulo de incentivos a la okupación y un nuevo caso para engrosar los anales de la injusticia de éste país, que viene a demostrar la ineficiacia de las leyes existenes y la apatía del aparato judicial, para perseguir este tipo de delitos, cada día mas frecuente.
Resulta evidente que, en los primeros momentos, la víctima careciò de asesoramiento jurídico, en la ingénua creencia que la Justicia sabría ver y reconocer lo que para la víctima y para cualquiera con mínimas luces y elemental dosis de sentido común resultaría meridianamente claro; limitándose, por ello, a denunciar los hechos e ignorando que con ello dejaba el control del procedimiento en las únicas manos de fiscalía juez y policía, instituciones que de ser ciertas las noticias publicadas, parecen haber mostrado muy poca diligencia para hacer prevalecer la justicia, frente a la usurpaciòn.
Resulta increible, que no sea posible identificar a un delincuente, cuyo delito, consiste precisamente en residir en una vivienda que no le pertenece y a la que vive vinculado durante la okupación, so pena de ser despojado de la misma, por el propietario o por otro okupa mas avispado. Y más increible resulta cuando sin grandes complicaciones y sin atributo alguno de autoridad, un periodista consiguió entrevistar e idenificar con nombre y apellidos y fotográfiamente a los presuntos okupas, sin que a nadie parezca habérsele caido la cara de verguenza; término éste que al paso que vamos pronto terminará por retirar del DRAE la Real Academía de la Lengua, por inexistencia.
No menos increible, resulta, que después de la entrevista de los okupas en el Diario El Progreso, ni el Fiscal ni el Juez hayan movido un músculo para reactivar la causa sobreseida provisionalmente por la alegada falta de identificación de los okupantes. Ni que tampoco haya sido puesto a disposiciòn judicial el famoso contrato de alquiler con que los okupas justificaban su okupación, para conocer su autenticidad o falsedad y en este último caso, su autoría.
Y no menos increible resulta que, en tales condiciones de falta de identificación de los autores, por imposibilidad de localizaciòn en su vivienda, como se dice en el Auto de sobreseimiento, no se proceda a avisar al denunciante y propietario, para que, en presencia de la Comisiòn Judicial y la Policía se haga entrega a éste de la vivienda, supuestamente abandonada por el okupa no identificado. O al menos para que pueda pesonarse en la causa y recurrir el Auto de sobreseimiento. Es cierto que las leyes no recogen explícitamente estas posibilidades. Tan cierto, como que ni los políticos están por la labor de modificarlas para hacerlo posible de manera clara, como que rara vez fiscales y jueces se estrujan el magín para abandonando el concepto arcaico y formalista de nuestras leyes de procedimiento, forzar su interpretaciòn jurídica para dar una soluciòn agil, y justa a semejantes situaciones, y adaptar el derecho a las nuevas y evidentes realidades sociales, que los políticos, inexplicablemente se niegan a reconocer y regular adecuadamente.
Uno en su ingenuidad y abrumado por los términos grandilocuentes con que se expresa nuestra Constituciòn, y demás leyes respecto al Derecho de propiedad , la Justicia y al Estado de Derecho y respecto a la alta funciòn encomendada a jueces y fiscales, tiende a creer que la actuación de oficio de estos garantiza un correcto, eficaz y proactivo despliegue de actividad tendente a la pronta restauración del orden juridico perturbado. Craso error, como acaba de verse. La justicia no solo es ciega, sino tambien perezosa y sobre todo muy insensible e injusta con las víctimas . En gran medida porque así la han diseñado, y porque así parece interesar que se mantenga por quienes tienen la potestad y el deber de evitarlo; consiguiendo con ello la gran paradoja de una Justicia percibida como injusta.
Y no menos injusto resulta que, alguien que está cometiendo un presunto delito contra la propiedad, tan evidente como la usurpación, resulte, además, premiado con subvenciones de la Administración a fondo perdido; una parte alicuota de las cuales corre a costa de los impuestos del propietario y contibuyente usurpado; haciendo con ello de la burla escarnio .
Algo debería de cambiar para que este tipo de situaciones no se reproduzcan con la facilidad y frecuencia con que tienen lugar . Sin embargo el señor
Ministro de Justicia, que ahora anda enredado en cambiar algo tan discutible como el orden de los apellidos, que no causaba la mas mínima alarma social ,
no está, en cambio, por la labor de modificar la legislación para evitar que hechos tan descarnadamente injustos como el relatado puedan producirse a diario en nuestro país.
No es de extrañar que ante este panorama la picaresca prolifere y aparezcan extrañas y cada vez más sofisticadas variedades de okupación como se demuestra en esta otra noticia publicada en el Periódico de Cataluña, titulada
"Nuevo caso de okupas con ánimo de lucro en Badalona"
NOTA 1 : Abunando en lo anterior, cuando acabo de finalizar la ediciòn de esta entrada, recibo la noticia de una nueva okupación en Lugo que, una vez más publica el Diario "El Progreso" de dicha capital, donde se recoge otro caso que se inicia con caracteres semejantes al relatado . Noticia, cuyo detalle puede verse AQUÍ y AQUÍ. Y la continuación de estas noticias pueden verse AQUI y AQUÍ.
NOTA 2 : Y la historia continua ...