domingo, 24 de junio de 2018

NUEVAMENTE EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL



Después de mi último artículo, publicado en este mismo blog, en defensa de la independencia judicial, pensé, erróneamente, que  no volvería a tocar este tema. Sin embargo, ante la polvareda que ha vuelto a levantar el feminismo radical tras el reciente Auto de la Sección segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, del que ha sido ponente el mismo magistrado que dictó el voto particular de la sentencia, no he podido resistirme a comentar algo sobre el tema.

Para empezar he de decir, como ya he comentado en anteriores artículos de este mismo blog sobre el tema, que los tipos de la manada no son precisamente santos de mi devoción; Y el hecho de que alguno de ellos sea Guardia Civil o militar me repele mas aun. Y, por ello, si tuviera que hablar con las tripas, probablemente estaría muy cerca de esa otra "manada" que pide poco menos que su linchamiento.

Pero doy gracias a Dios, y moleste a quien moleste, porque hoy por hoy todavía las tripas no influyen tanto en mi cerebro como para sumarme a esa otra "manada",  iracunda y vociferante, contra  unas decisiones judiciales que no concuerdan con sus gustos o preferencias, y que pretenden imponer a los jueces su propio criterio, aunque ni tan siquiera las hayan leído; como así parece, por la inmediatez con que se han manifestado.

Por ello quiero que quede muy claro que, aunque pudiera parecerlo, este artículo no pretende defender a la manada, cuyos miembros ya tienen buenos abogados para ello, sino la independencia judicial de los miembros del tribunal. Y ello, porque creo, sinceramente, que están intentando juzgar un caso difícil y complejo de manera honesta y profesional, intentando hacerlo en conciencia ,y tratando, en la medida de lo posible, de sustraerse a fuertes presiones mediáticas y de todo tipo, para que se decanten por una condena ejemplarizante, ya dictada de antemano por la "opiniòn pública".   

Y la única manera de poder juzgar objetivamente al Tribunal de la manada y opinar sobre sus resoluciones, es leyéndolas previamente. 

Algo que estoy convencido que la inmensa mayoría de las vociferantes turbas que se manifiestan contra los miembros del tribunal no han hecho, a juzgar por los lemas que despliegan

Aclarado esto y una vez leído el AUTO, voto particular incluido, que ha permitido a los condenados en primera instancia por el llamado juicio de la manada poder eludir la situación de prisión provisional en que se encontraban  he de decir que, se comparta o no, la decisión adoptada, está perfectamente fundamentada, y que desde un punto de vista técnico me parece, irreprochable. E iré incluso mas allá al decir que, el voto particular, en este caso, del presidente de la Sala, me parece mucho menos fundamentado, o si se prefiere argumentado, que el que en su día lo fue el de la sentencia.

Para que pueda entenderse de que estoy hablando, Intentaré resumir su contenido, para después comentar las viscerales e ideológicas reacciones que, una vez mas se han sucedido. No obstante, para quien prefiera acudir a la fuente original, puede leer directamente el AUTO.

1º.- En primer lugar, hay que aclarar que el auto no acuerda la libertad provisional de los condenaddos, como se dice alegremente, sino la PRORROGA DE LA PRISION PROVISIONAL      ( hasta ahora incondicional ), si bien eludible mediante cumplimiento de determinadas condiciones o medidas cautelares ( Fianza  de 6000 Euros, prohibición de viajar al extranjero y retirada de pasaporte; comparecencia judicial lunes miércoles y viernes, y prohibiciones, de entrar en la Comunidad Autónoma de Madrid, lugar de residencia de la denunciante, así como de comunicarse, directa o indirectamente, con esta,  por cualquier medio ). Ello quiere decir, que si no se cumplen esas condiciones, lease medidas cautelares, los presos no podrán acceder a la libertad provisional, o si se incumplen una vez conseguida esta volverían nuevamente a prisión. Por tanto se pasa de la prisión provisional incondicional a una prisión provisional condicional, que puede dar lugar a la libertad provisional si se cumplen las condiciones que impone el Auto.

2º.-  En segundo lugar, a diferencia de la sentencia, en esta ocasión, el único voto particular discrepante , es el del presidente del tribunal, y se basa en tres argumentos :


  • "Que el pronunciamiento condenatorio de los procesados a la pena de prisión de nueve años , impuesta en nuestra Sentencia 38/2018 de 20 marzo , colma las exigencias constitucionales  en cuanto al presupuesto habilitante para la adopción y el mantenimiento de la medida cautelar". 

  •  "Que las medidas cautelares adoptadas podrían ser insuficientes para evitar el riesgo de fuga".

  • Que las medidas cautelares adoptadas en la resolución mayoritaria, para la protección de la víctima, podrían resultar ineficaces. 


Tanto la resolución mayoritaria  como el voto particular, están de acuerdo en que "no puede considerarse suficiente el hecho de haberse dictado una Sentencia de condena contra el acusado para fundamentar la prórroga de la prisión provisional ya acordada, por resultar incompatible con el derecho fundamental a la libertad personal, una interpretación del art. 504 LECrim que postule el automatismo de la prórroga por ese motivo"; Y ello por ser, esta , doctrina consolidada del Tribunal Constitucional.

Y asimismo están de acuerdo en la inexistencia de riesgo de reiteración delictiva.

 Discrepan sin embargo, como se ha dicho, en la valoración de las medidas cautelares adoptadas para garantizar tanto la sujeción de los condenados al proceso ( evitaciòn del riesgo de fuga ) como para proteger a la denunciante y supuesta víctima de los delitos por los que han sido condenados en Primera Instancia . 

Ahora bien, cualquiera que lea sin apasionamiento los fundamentos del acuerdo mayoritario y del voto particular, podrá comprobar la existencia de una fundamentaciòn mucho mas elaborada y minuciosa en los primeros que en los segundos; y ello con independencia de a quien puedan, finalmente, dar la razón la futura conducta de los condenados .

Así, mientras el magistrado del voto particular apenas facilita argumentos concretos para sustentar su opinion jurídica, los firmantes de la resolución mayoritaria argumentan lo siguiente :

1º.- En cuanto a la gravedad de la pena, valoran el hecho de que en el Auto inicial que decretó la prisión incondicional, ahora modificado, se tuvo en cuenta para decretarla, la posibilidad de imponer penas de hasta 80 años de prisión; algo que, en principio la condena ha modificado sustancialmente. Además, no hay que olvidar que la condena no ha sido unánime, sino que ha tenido un voto particular discrepante; lo cual genera mayores dudas respecto a la resolución del recurso; dudas, que resuelven en función de los principios básicos del Derecho Penal  del "favor libertatis" e "in dubio pro reo" ( en caso de duda siempre en favor de la libertad y en beneficio del reo ) .

2º.- En cuanto a asegurar la comparecencia de los acusados en juicio, entienden que al haberse producido ya este y una vez dictada la sentencia, este objetivo decae; siendo  sustituido por una eventual ejecución de la sentencia en caso de que la misma continue siendo condenatoria; Entendiendo que, tal finalidad, es de orden inferior a aquella otra, atendiendo al catálogo de medidas que en su ejecución, pudieran llegar a adoptarse, de resultar necesarias.

3º.- En cuanto al riesgo de fuga, entienden que los dos años de prisión provisional transcurridos, que habría que descontar de la pena impuesta, ( menor que la prevista inicialmente en función de las peticiones de las partes acusadoras ) reduce este notablemente. Especialmente teniendo en cuenta el arraigo familiar y social de los condenados, que no ha sido cuestionado por las partes, y las medidas cautelares impuestas. Asimismo entienden que la insolvencia de los procesados ( parcial en el caso de uno de ellos ) hace aún mas difícil una  fuga eficaz; Especialmente si se tiene en cuenta, que no se conocen personas que pudieran prestarles apoyo a tal fin y del hecho de ser notoriamente conocidos, debido a la amplia publicidad mediática del caso. 

 4º.- En cuanto al riesgo de reiteración delictiva, hay que tener en cuenta que no hay discrepancias en este punto en el  voto particular. No obstante y respondiendo a las acusaciones entienden que el hecho de que no consten antecedentes penales por hechos similares a ninguno de los condenados, unido a la notoriedad pública alcanzada por estos, hace difícil esta posibilidad, al implicar la pérdida del anonimato . Y en cuanto a los hechos por los que todos menos uno de ellos están enjuiciados por un juzgado de Pozoblanco, por hechos similares, hay que tener en cuenta, que hasta la fecha aun no han sido tan siquiera procesados .

5º.- Y, por último,  en cuanto al riesgo de que pudiera producirse la “inmisión en el  derecho a la intimidad de la víctima y su entorno", consideran que el hecho de tener su residencia los acusados a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima, garantiza, en cierta medida su tranquilidad y su sosiego, junto a las medidas cautelares adoptadas que consideran menos gravosas que la prolongación de la situación de prisión provisional.

Bien, pues a pesar de toda esta fundamentación , y al igual que ya sucediera con la sentencia, la "manada feminazi" y sus palmeros se han lanzado en tromba a la calle, con los consabidos lemas "Yo si te creo", " no es no", "NO a la justicia patriarcal" y chorradas semejantes.

 Y la Ministra de Justicia, al hilo de la resolución, y sumándose, a su manera, al carro feminista no se ha cortado un pelo en decir claramente que hacen "falta reformas mentales" en la judicatura; siempre que entre las mentes a reformar no se encuentre la suya, por supuesto. Aclarando, a continuación que "cuando hablo de reforma mental, hablo de formación, hablo de que es necesario concienciarnos en género, es fundamental” . "Es necesario “intentar entender cuáles son estos fenómenos y cómo tratarlos”.

O sea que, según nuestra ministra feminista por elección digital, integrada en el poder judicial, como fiscal de carrera , ( una de cuyas funciones consiste precisamente en velar por la independencia judicial )  se pone el disfraz de Mr. Hide, para decirnos que, a los jueces ya no les basta con su razón y su experiencia y sus acreditados conocimientos jurídicos para juzgar delitos de índole sexual o en que las víctimas sean mujeres o miembros del colectivo LGTB. Según ella, esas herramientas son cosas del pasado, y por ello están obsoletas. y han de ser recicladas pasándolas previamente por el  filtro ideológico del género. Filtro que previamente hay que instalar en sus cabezas, aunque sea a martillazos, para que entiendan algo que, de momento, y como si fuera el Boson de Higgs o los arcanos del Tarot, solo parecen entender los sumos sacerdotes y sacerdotisas del invento y  sus discípulos y no el común de los mortales; grupo, este último, donde también parece incluir a los jueces. Es decir, que quienes antes, desde la progresía, nos vendían y aún pretenden vendernos "libertad sin ira" e igualdad como máximos valores y señas de identidad socialista, pretenden vendernos ahora la discriminación de género y prisiones por ovarios y con toda la ira del mundo con el mismo ahínco y convicción; y sin tan siquiera despeinarse. Y el que no lo entienda al Gulag o a los campos de reeducaciòn maoistas.  Y para que eso sea así, primero hay que pasarse la independencia judicial por el arco triunfal de la ideología de género, a fin de dar a luz una nueva "independencia judicial" que deje de ser tristemente incolora para adquirir una tonalidad alegremente rosa o irisada, dando "el gran salto adelante" , desde una justicia neanderthaliense a otra postmoderna.

Por su parte el Gobierno Sanchez, un poco mas comedido que su ministra de justicia, en un alarde de postureo demagógico, se ha apresurado a anunciar, por boca de su portavoz, la aprobación de una propuesta para analizar el Código Penal en la tipificación de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, y que estudiará la posibilidad de que los servicios jurídicos del estado se personen como defensa de las víctimas en este tipo de casos. Olvidando que la reforma del Código Penal  del 1995, actualmente en vigor, con leves modificaciones respecto a la edad del consentimiento impuestas por una directiva europea, tiene inspiraciòn y  padre socialistas: Concretamente el entonces bicéfalo Ministro de Justicia de Interior Sr. Belloch. Y olvidando también que en los procesos penales es precisamente el Fiscal, jerárquicamente dependiente del Gobierno a través del Fiscal General del Estado, nombrado por este, quien acusa y por tanto también defiende, en su caso, a las victimas. Por lo que la personaciòn del Gobierno no deja de ser otra cosa que un bonito brindis al sol. Brindis al sol que fue puesto de manifiesto, aunque no publicitado con el mismo alarde  por la Ministra de Justicia, al afirmar que el Servicio Jurídico del Estado no podrá inmiscuirse  en este suceso al tratarse de un procedimiento judicial con sus normas y sus reglas y que el Gobierno no interferirá ni en la independencia judicial ni en la autonomía del ministerio fiscal.      

La cosa podría colar si detrás de tanto cacareo feminoide impostado no hubiese tantos ominosos y clamorosos silencios y conductas omisivas y contradictorias.

Si tanta alarma social causa entre las feministas y el resto de la progresìa la condena y la posterior libertad provisional de la manada decretadas por el tribunal competente, ¿donde estaban cuando el "malvado" Rajoy, aceptó ejecutar la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo contra la doctrina Parot, que permitiò que numerosos asesinos y violadores, entre otros, saliesen de la carcel ?. ¿ Algún balbuciente cacareo, al menos? .  No. Ni pio. Y ello a pesar de que algunos volvieron a las andadas. 

 ¿ Porque entonces ninguna feminista ni ningún "coletas", se manifestaron contra esa sentencia y contra el "malvado" gobierno del PP, que no tuvo el coraje de negarse a ejecutarla, pudiendo hacerlo sin mayores problemas ? 

¿ Donde estaba entonces el PSOE  y todas sus asociaciones feministas bien regadas de subvenciones públicas?

Y ¿ Porqué esta "manada" feminista no se manifiesta con igual virulencia contra los múltiples violadores "de importaciòn", muchos de ellos provenientes de paises de religiòn musulmana?

Áquí puede verse alguno de ellos  ( 1 , 2 , 3 , 4 , 5 , 6 , 7  , 8  , 9  , 10 )

¿ Porqué no despliegan esa apabullante energía con otro reciente caso de similares características en Alicante cuyos supuestos autores, provenientes de dichos países acaban de ser puestos el libertad sin fianza ? ¿ Acaso es que hay mujeres que merecen credibilidad ciega y absoluta y otras que no ?  

¿Acaso tiene que ver con que tocar estos casos perjudican el chiringuito progre-solidario-inmigratorio, del que también habría mucho que hablar ?

Por cierto donde estaban las feministas cuando estalló el escándalo de Intermon-Oxfam u otros  sobre abusos sexuales. 

¿ O, por que no se manifiestan, también,  con la misma virulencia contra las crecientes agresiones sexuales protagonizadas por menores, algunos de los cuales acogidos, incluso, en centros oficiales de internamiento de menores ?

Aquí puede verse alguno de ellos ( 1 , 2 ,, 4  

¿ Por que no se desgañitan con la misma rabia contra la ley del menor aprobada durante el primer gobierno del "innombrable" Aznar que permite la práctica impunidad de esos menores violadores ?

¿ Por qué todas estas aguerridas feminazis que ahora inician una campaña de acoso y amedrentemiento a los miembros de la manada para hacerles la vida imposible en libertad, no se manifestaron con los padres de Marta del Castillo, Sandra Palo, Diana Queer y otras víctimas, por una prisión permanente revisable para delitos de violaciòn con asesinato u otros semejantes, mas graves aún, que los, supuestamente, cometidos por la manada ?

Lo que parece ocultarse, detrás de las declaraciones de la Ministra de Justicia, y de este brutal ataque a la independencia del poder  judicial por parte del este rabioso feminismo militante, es una estrategia para, "ablandar" a los jueces e introducir la ideología de género en sus "mentes" , hasta ahora renuentes a dejarse adoctrinar como si de alumnos de primaria se tratase. Estrategia que pasa por "el escrache", y el amedrentamiento como herramientas ( Al igual que Llarena, los jueces  y el abogado de la manada ya llevan escolta y de seguir así, pronto tendremos que pagar una escolta para la manada  ) . Y todo ello para evitar que quiebre el "chiringuito feminista" ( ahora renovado y ampliado con el de género ) y se seque la ingente e inagotable fuente de subvenciones que lo mantiene. 




sábado, 5 de mayo de 2018

EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

                   
En  este mismo blog, he sido muy crítico, con el funcionamiento de la Justicia en materia de okupaciones, que es y ha sido el objeto principal del mismo, porque ese mal funcionamiento es una de las causas de que ese fenómeno haya ido en crescendo año a año. Pero no hay que olvidar que los jueces son deudores de las leyes que dictan nuestros políticos legisladores, de las cuales son meros intérpretes y aplicadores, así como de los medios, materiales y humanos con que les dotan tanto los poderes legislativos del Estado ( a través de los presupuestos ), como los respectivos poderes ejecutivos, central o autonómicos, segùn los casos. O lo que es lo mismo que, si bien son independientes en lo que respecta a sus juicios, no son autònomos en lo que respecta a su organizaciòn , infraestructuras, y por supuesto marco legislativo. Por ello mis crìticas en cuanto al problema de las okupaciones mas que dirigidas a los jueces o al sistema judicial,  se dirigen a todo el sistema político del Estado, en su conjunto, que no protege adecuadamente la propiedad inmobiliaria.

Y en general, creo que algo semejante sucede, en otros ámbitos donde se desarrolla la acciòn la Justicia.

Por otra parte ya dije en mi anterior comentario, del que este es una continuaciòn, que aunque el tema tratado en el mismo , no guardan relación directa con el objeto del Blog,  ( la okupación ) si está indirectamente relacionado en cuanto, tanto las mismas fuerzas políticas e ideológicas ( PSOE, PODEMOS y otras fuerzas de izquierda y sus distintas y variadas terminales UGT, CCOO,  etc. ) que están involucrados, en mayor o menor media, en aquella como los medios y procedimientos que utilizan para publicitarla y defenderla, son semejantes a los que está empleando el feminismo radical y "antipatriarcal" que, ahora, pretende linchar a los miembros del tribunal que dictó la conocida sentencia de la "manada", por el mero hecho de no responder a sus expectativas . 

Y entrando ya en el tema, resulta curioso comprobar como todas esas fuerzas que, en su día se postularon como los padres de la revolución sexual , y que por ello se han mostrado como, partidarios del amor libre, promotores del porno ( 1 , 2 , 3 , 4  )    y postporno , del rodaje porno callejero, de talleres de sexualizaciòn infantil y juvenil o de procesiones irreverentes del "santísimo coño insumiso", entre otras actividades "lúdico-festivas", y promotores y valedores, en su día del consumo de drogas, como forma lúdica de manifestación de libertad y vía de liberación, o equiparándolas a medicamentos, se escandalicen ahora porque cinco mocetones macarras, sobrados de testosterona y alcohol y con el seso putrefacto por tanta basura,  se crean "empoderados" para cepillarse por turnos  en un oscuro rincón de un lóbrego portal a  cualquier ingenua fémina que les siga el "rollo" por un tiempo, creyendo que todo el monte es orégano . De aquellos polvos estos lodos. Y quien lo dude reflexione sobre el hecho de que hace 40 años cuando, supuestamente eramos, menos "modernos y postmodernos" y mas antediluvianos, "machistas" y "patriarcales" que ahora, no se producía, ni de cerca la actual cifra de violaciones a mujeres, ni las que había tenían lugar en "manada".   

Por ello no vengan ahora, hipócritamente, con la manguera de la ideología de género a  apagar un fuego que han contribuido a provocar y que, aún, siguen alimentando en nuevos y distintos focos.

Y para tapar esa responsabilidad nada mejor que traspasarla a otras otros con baja capacidad de defensa en el ámbito público; ya sean  los hombres en general ( "machistas patriarcales" por definiciòn feminista )  y, si hace falta, como en el caso de "la manada" , a los jueces que no condenan con las máximas penas a aquellos, presuntos acosadores, abusadores o violadores por su, atribuida condiciòn de "machistas" , que aparecen implicados en algún supuesto delito contra una mujer. Y si no lo hacen así, es porque también son "machistas" y "patriarcales", a pesar de que entre los miembros del tribunal, haya una mujer, como en este caso. Al igual que sucede con las voces que osan clamar y defender la independencia judicial .

En el caso de la sentencia de la manada, a ese ataque a la independencia judicial ha contribuido, en primera instancia, la jaurìa feminista lanzada a las calles y a rodear juzgados, azuzada desde diversos partidos, sindicatos ( 1 ) y asociaciones u organizaciones del mas variado pelaje, acosando, a las instituciones judiciales y sus miembros y mediante el señalamiento, el insulto y la degradaciòn de los componentes del tribunal que ha dictado la sentencia y, en especial, al magistrado que redacto el voto particular solicitando la absoluciòn de los miembros de "la manada".

A este coro de linchadores, por lapidaciòn, de este último  juez se han sumado, injustamente no solo diversos miembros de sindicatos ( que no se muy bien que pintan en este entierro ), lideres de Podemos, o del PSOE. Y ello, aun cuando el hipócrita PSOE de ZP indultó a una "manada" de Drag Queens condenados por violación de un chico de 18 años en Barcelona, sin que nadie alzase la voz.

 Pues bien, por si todo esto fuera poco, hasta  el propio Ministro de Justicia, se subiò al carro populista llegando a afirmar : "Todos saben que este juez tiene algún problema singular" . Para luego añadir " No conozco al detalle el problema, pero todos lo saben" ( Menos el ministro, claro, que parece el más tonto de la clase ); para luego, refiriéndose al Consejo General del Poder Judicial, continuar diciendo : " La labor del Consejo es asegurarse que quien ejerce la jurisdicción está en pleno ejercicio de sus facultades". "Yo no he descalificado a la persona porque no la conozco. Pero a mí me han dicho que es una persona que tiene algunos expedientes" .

Que los aullidos de la manada de linchadores de jueces atruenen nuestras calles, y que los azuzadores los secunden desde sus respectivos púlpitos o madrigueras, con mayor o menor modulaciòn, no es de extrañar; aunque si de de censurar por la forma y con la ligereza con que lo han hecho, sin tan siquiera haberse leído   la sentencia de 371 folios ( minutos después de hacerse pública ya estaban las masas protestando con pancartas ) y mucho menos haber asistido a la práctica de las pruebas. 

Pero que nada menos que el Ministro de Justicia, quien debería de tener un plus de prudencia en cuestiones judiciales, por la parte que le toca,  se manifieste contra ese Juez con insinuaciones descalificadoras "ad hóminem", explicadas al mas puro estilo de los inigualables Groucho Marx o Antonio Ozores, resulta ya mas que preocupante. Y por ese tirar la piedra y esconder la mano, no es de extrañar que tanto desde el Consejo General del Poder Judicial y asociaciones de jueces se haya pedido su dimisión.     

Pero con ser eso grave, no menos grave resulta que,  a ese Pim Pam Pum contra el juez del voto particular, se sume su compañera de profesión Margarita Robles  ( ayer magistrada del Supremo y hoy devenida, por aquello de las puertas giratorias, en brazo derecho del líder del PSOE ) , echando gasolina al fuego de los rescoldos atizados por el Ministro de Justicia, Rafael Catalá, al afirmar de manera igualmente críptica que "Cuando el ministro dice eso, estoy convencida de que sabe lo que dice y tiene conocimiento de causa”. Para mas adelante aclarar que su queja con el Juez, tenía que ver con el retraso en formular su voto particular y con las algunas expresiones que figuran en el mismo y que consideraba ofensivas para la víctima, criticando al Consejo General del Poder Judicial, del que, en su día tambièn formò parte, por no haber intervenido; Aunque sin decir claramente en que manera .

Esta claro que la Sra. Robles ya no ejerce como jueza, sino como polìtica partidaria y que por tanto ha dejado su independencia e imparcialidad en el armario. Pues además de enseñar la patita feminista con olvido, imperdonable en una magistrada, del artículo 14 de nuestra Constitución que proclama la igualdad y no discriminaciòn por sexo u otra condiciòn, cuando antes de que se hubiese hecho pública la sentencia, ya decía que, "Una agresiòn a una mujer es una agresiòn a toda la sociedad". Como si las mujeres tuvieran un plus sobre los hombres y que las agresiones a estos solo fueran un problema personal de ellos y no también de toda la sociedad.   Y no solo eso, sino dando por hecho que hubo agresiòn antes de conocerse la sentencia. Olvidando con ello, algo que nunca, ni siquiera cuando ejerce como polìtico, debería olvidar un juez, sea cual sea su sexo;  como son los principios de igualdad, ( articulo 14 de la Constitución )  que prohíbe la discriminaciòn por sexo, o el de presunción de inocencia ( art. 24 ), que prohíbe condenar sin antes haber sido sometido a juicio practicado con todas las garantías.

Además, de lo anterior, la Sra, Robles, tampoco parece la más indicada para dar lecciones magistrales a otro colega sobre cómo juzgar y para tirar de las orejas al Consejo General del Poder Judicial sugiriendo que debiò actuar contra el mismo, apartandolo del caso o limitando su libertad de actuación y expresiòn, para evitar el retraso en dictar sentencia o las expresiones que ha considerado ofensivas para la víctima.

En primer lugar, porque sin haber asistido al juicio,  ( se celebró a puerta cerrada, salvo dos sesiones) y por tanto, sin haber presenciado la práctica de las pruebas, como si lo hizo el criticado magistrado, no se entiende en que razones objetivas se funda para crìticar, como ofensivas para la víctima, y no meramente descriptivas, las palabras del magistrado disidente al describir  como "jolgorio"  y "regocijo" los hechos que aquel visualizó en uno de los videos realizados por uno de los miembros de la manada. Está claro, que con independencia del carácter subjetivo e impreciso de los términos "jolgorio" y "regocijo", son claramente indicativos ( desconozco si acertadamente o no ) de participación, mas o menos, complaciente de la víctima . Ahora bien, que los hechos visualizados en los videos puedan tener o no, mas o menos objetivamente, esa consideraciòn, y de que los demás magistrados no lo hayan entendido así,  no es excusa para que una persona, ajena a la práctica de las pruebas, como la Sra. Robles, por muy magistrada que haya sido, pueda estar capacitada para hacer semejante crítica sin haber visualizado los videos, y el resto de las pruebas practicadas, como si hizo el juez al que critica. Además, que dos magistrados hayan expresado lo que han visto, de manera diferente al tercero, no quiere decir que su descripción de los hechos ( al parecer, suficientemente ambiguos e interpretables, como para suscitar distintas versiones ) sea más acertada que la de aquel, sino que simplemente sirve para hacer prevalecer su criterio en la redacción definitiva de la sentencia; como asì ha ocurrido. Por ello, en esas circunstancias posicionarse en uno u otro sentido no es mas que un acto de voluntarismo puramente interesado, y carente de la más mìnima objetividad  e imparcialidad. Algo que Margarita parece haber dejado en el armario junto con su toga, en el momento en que abandonò su puesto como Magistrada en el Tribunal Supremo, para enrolarse, sin previas primarias ni secundarias por medio,  en las filas del PSOE, como "independiente". Término este que, a la vista de los hechos, parece más bien un eufemismo.   

Pero, además de lo anterior la Sra. Robles parece olvidarse un "hecho singular", que tuvo que ver  con una sentencia del año 1992 de la que fué nada menos que ponente y presidente del tribunal sentenciador, que condenó, con su voto, a dos personas, por una violación que después el Tribunal Supremo ànuló al demostrarse que el autor había sido otra persona. Y, tal vez, si hubiera sido tan lenta y puntillosa como el magistrado del voto particular, al que ahora pone en la picota, y no tan sectaria como ahora parece, la resolución habría sido mas ajustada a la realidad.

( Quien desee más información sobre esta historia puede verla en los siguientes enlaces ( 1 , 2 , 3 ) o en el libro de Braulio García Jaén titulado : Justicia poética :  El caso de dos condenados por la cara .

Y mientras el alborotado gallinero feminista sigue incendiando las calles con lemas y actuaciones contra los jueces insultados como "machistas" y "patriarcales",  hoy leo que toda una legiòn de casi 2.000 psicólogos y psiquiatras, todos a una, dejan constancia mediante una carta hecha pública, en la que después de manifestar  su profundo y enérgico rechazo a la sentencia, pretenden sentar cátedra, y sentenciar el debate, apabullándonos a todos, con una genérica teoría de su "ciencia", que nada dice sobre los hechos concretos; Y , sin tan siquiera haber presenciado las pruebas de un juicio cuya mayor parte tuvo lugar a puerta cerrada, vienen a decirnos a "todos y a todas" y en especial a los jueces que han sentenciado y a los que tengan que revisar la sentencia, que no se molesten, que ellos y las teorías de su "ciencia", ya han sentenciado los hechos, y que a los jueces solo cabe, por tanto aplicar mecánicamente el derecho, propio de su especialidad, que es de lo que se supone que saben.
 
Resulta altamente sospechosa la rapidez con que se han reunido "espontáneamente" y puesto, unánimemente, de acuerdo semejante nùmero de profesionales de todo el país. Pero, basta con leer la carta y ver el lenguaje y el tono de la misma para comprender de que pié cojean los firmantes. Tanto el titulito del blog donde se aloja la carta : "salud mental te cree" ( coincidente con las consignasslogans de la campaña feminista ) , como las alusiones a la sociedad patriarcal ( justo el mismo palabro que machaca el feminismo y que, sospechosamente, acaba de hacer ETA en su anuncio "de disoluciòn" y los CDR de Arran en un atentado contra juzgados de Cataluña ) , y las alusiones a la ideología de genero o las apelaciones al "todos y todas", ya nos ponen en la pista del pié ideológico del que cojean estos "científicos". Y la suficiencia con que imparten a diestro y siniestro doctrina teórico-cientìfica, como si fuera la verdad revelada a pesar de ser la Psicología una ciencia nueva, en contínua reinvenciòn y sujeta por ello tan a discusiòn como la sentencia que critican, pone tambièn de manifiesto que la intenciòn de su propósito nada tiene que ver, como dicen, con el deseo de "colaborar con la Justicia", sino más bien imponerse a ella, enmendando la plana a los jueces que dictaron la sentencia y ningunear su capacidad de juzgar, apabullándolos con el "peso inobjetable" de su  ciencia y sometièndoles a una nueva presiòn añadida a la de la calle, al coincidir con esta en su veredicto .

Pero lo mas asombroso del caso, es que, por si fuera poco el apaleamiento a los jueces, hasta La Eurocámara  ha aprobado incluir en la agenda del día la celebración de un debate en un  próximo  pleno sobre "la aplicación por parte de España de los estándares internacionales sobre violencia sexual", a cuenta de la Sentencia de "la manada" . Y,  por si eso fuera poco, Purna Sen, coordinadora ejecutiva y portavoz de Naciones Unidas sobre acoso sexual, también se ha permitido el lujo de situarse por encima de los jueces y criticar, osadamente, la sentencia soltando las siguiente perlas : " La leve sentencia de los atacantes de La Manada en España, subestima la gravedad de la violación y socava la clara obligación de defender los derechos de las mujeres"

"Los autores [de las agresiones sexuales] deben responder por sus acciones. La impunidad por las vulneraciones de los derechos humanos impregna la cultura de la violación, culpa y juzga a las víctimas por los daños que les han causado a ellas, y no se puede permitir que siga ocurriendo, incluso en los sistemas judiciales" .

La verdad es que, uno que es de pueblo, tiende a quedarse impresionado cuando oye que nada menos que una representante de la LA ONU mujeres, decir semejantes cosas. Claro que si tenemos en cuenta que ONU mujeres tiene personal a su servicio del nivel y la talla intelectual de Dña Bibiana Aido, ( la de los fetos, vivos pero no humanos, y los miembros y las miembras) ya me quedo mas tranquilo.

Pues bien, después de toda esta escandalera, cualquier extraterrestre que acabase de aterrizar o cualquier ciudadano que no haya tenido santísima  paciencia de leerse la sentencia, el voto particular de la sentencia, podría pensar, ante tan abrumador linchamiento político,  mediàtico, científico y callejero, que estamos ante unos magistrados "machistas" y "patriarcales" ( incluida la magistrada que formaba parte del tribunal ) , y que, mas en concreto el juez del voto particular, es una especie de  misògino cavernícola con menos cerebro que una mosca, que no está haciendo otra cosa que ejercer de Pedro Picapiedra.

He de confesar que, en mi anterior post, yo tambièn  cometì el mismo pecado que ahora denuncio al descalificar, en cierta medida, al magistrado del voto particular, por haber leído este de forma rápida y superficial, debido a su extensión ( mas de 200 paginas de un total de 371) entendiendo que el texto de la sentencia, excluido este,  era suficiente para explicar y entender los hechos y que lo único cuestionable  era su calificación jurídica y, en consecuencia, su mayor o menor gravedad.

 Sin embargo lo que hace el magistrado del voto particular, es una detallada y minuciosa disecciòn y crìtica de las prueba practicadas, una a una y en conjunto, así como una crìtica fundada ( desconozco si acertada por no haber tenido acceso a las pruebas ) de la descripción y  valoraciòn de los hechos probados por los otros dos magistrados, ( hechos  que no parecen tan claros como se supone )  llegando a la conclusión , después de todo ello, de que existe una seria duda sobre si los actos fueron consentidos, y en consecuencia, si los  autores de los mismos tenían o no clara conciencia de que no lo eran; dado la influencia alcohólica de todos ellos y la ausencia de violencia física explícita, versando las dudas sobre la existencia intimidación  . Y hace ese análisis a la luz del Derecho fundamental a la presunciòn de inocencia y al Derecho a un juicio justo, y poniendo de manifiesto el juicio mediàtico previo creador de un ambiente social de máxima condena hacia los acusados, que la sentencia ha venido a frustrar,  echando un jarro de agua fría al fuego acusador. Ambiente que ahora se quiere mantener con las movilizaciones y algaradas viscerales feministas y con los no menos interesados ataques, politicos , mediàticos y científicos a los jueces y en especial al firmante del voto particular. Algo que, en defensa de la independencia judicial ha motivado una reacción unánime del conjunto de las instituciones judiciales, ( CGPJ, y asociaciones de jueces y fiscales de todas las tendencias ) . Con las deshonrosas excepciones de las ex jueces, ahora polìticas, Margarita Robles y Manuela Carmena.

Aprovechando que, entre tanta polvareda hemos perdido a Don Roldán, ya han empezado a oírse voces, desde el feminismo y otros ámbitos sospechosamente coincidentes, que claman por una reeducaciòn de los jueces en perspectiva de género ( algo que, salvando las distancias trae ciertas reminiscencias de la llamada revolución cultural maoista ) así como por la aplicación de lo acordado en el  Convenio de Estambul, para exigir se consideren delitos de carácter sexual (abuso,  agresión sexual o violación etc. )   cuando no exista el consentimiento expreso de la mujer a los actos sexuales. 


Lo que dice el artículo 36 de dicho Convenio es lo siguiente :

Artículo 36 – Violencia sexual, incluida la violación

1 Las Partes adoptarán las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para tipificar como delito, cuando se cometa intencionadamente:

a) la penetración vaginal, anal u oral no consentida, con carácter sexual, del cuerpo de otra persona con cualquier parte del cuerpo o con un objeto;

b) los demás actos de carácter sexual no consentidos sobre otra persona;

c) el hecho de obligar a otra persona a prestarse a actos de carácter sexual no consentidos con un tercero.

2 El consentimiento debe prestarse voluntariamente como manifestación del libre arbitrio de la persona considerado en el contexto de las condiciones circundantes.

3 Las Partes adoptarán las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para que las disposiciones del apartado 1 se apliquen también contra los cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, de conformidad con su derecho interno.

Como puede verse,  a diferencia de nuestro actual Código Penal, que para que se considere la existencia de agresión sexual exige la existencia de violencia, intimidaciòn, como signos de falta de consentimiento, considerando acoso los casos de abuso de situación de superioridad , el citado artículo 36 del convenio de Estambul prescinde de estas categorías haciendo hincapié en la falta de consentimiento voluntariamente prestado, si bien en el apartado segundo , se refiere a que para ello ha de atenderse " a las condiciones circundantes" .  

Con ello, lo que desaparecería  de nuestro Código Penal la actual figura intermedia del prevalimiento o abuso de superioridad, que es la calificaciòn que ha tomado en consideraciòn la sentencia, al entender que  al no existir negativa explícita de la denunciante, han atendido precisamente a esas condiciones circundantes , para concluir que no existiò violencia ni intimidaciòn, sino simple prevalimiento o abuso de superioridad en la sentencia o, ni uno ni otro, en el voto particular .

Lo que parece pretender el feminismo con esta apelación al Convenio de Estambul y a la reeducaciòn de los jueces para que sean sensibles a la perspectiva de género, es colarnos otra nueva discriminaciòn positiva en favor de la mujer, ( ya lo consiguió en el caso de llamados delitos de violencia de género ) de forma que, presumiendo, ,  la culpabilidad del varón por "machista y patriarcal", se rompa, una vez mas, la presunciòn de inocencia, invirtiendo la carga de la prueba de la existencia de consentimiento , hacièndola recaer directamente sobre este, y no por quien acusa. 

Si algo semejante saliese adelante, consejo para hombres : Háganse eunucos, cambiense de sexo o,  cada vez que se arrimen a una mujer, ( parejas y esposas incluidas ) y pretendan dar un nuevo paso hacia el séptimo cielo, evitando un posterior infierno, tengan preparado un documento para su firma, a poder ser notarial,  en que conste muy claramente el consentimiento bien detallado de hasta donde consiente la contraria. Y mucho cuidado con las improvisaciones sobre la marcha, no incluidas en el contrato . 

Por si alguien todavía no lo tiene claro y quiere saber en que consiste eso de juzgar según la perspectiva de género, esto es lo  que piensa, al respecto una "miembra" de la denominada Asociación de Mujeres Juezas de España - AMJE -  ( que curiosamente admite jueces varones entre sus afiliados, en incluso personas de cualquier sexo o género que no lo sean ) :

(.....)"La aplicación de la perspectiva de género como instrumento o método jurídico de análisis requiere constatar la existencia de una relación desequilibrada de poder, se ha de identificar a la persona que se encuentra en situación de desigualdad por razón de género y valorar la posible adopción de medidas especiales de protección. Hay que poner especial énfasis a los casos en que además del género confluyan categorías “sospechosas” como por ejemplo, pobreza y/o migración. Bajo este contexto constatado de desigualdad, el juzgador o la juzgadora debe interpretar los hechos de una manera neutral y sin estereotipos discriminatorios. A partir de aquí, deberá deconstruir la norma jurídica y cuestionar su pretendida neutralidad, argumentando en la sentencia las desigualdades detectadas de tal manera que se pueda generar un precedente que abra el camino a otros casos similares que se presenten en un futuro".

Y mas adelante aclara :

(....)"Precisamente la importancia del género en la toma de decisiones judiciales evidencia la necesidad de que las juezas y los jueces reciban una adecuada y completa formación inicial y continua en materia de igualdad, máxime si como dice el art. 8 de la Carta Magna de los Jueces “La formación es un elemento importante para garantizar la independencia de los jueces, así como la calidad y eficacia del sistema judicial”.  Debe ser por tanto, prioritario que las juezas y los jueces se formen, se conciencien y se sensibilicen de la desigualdad por razón de género, de tal manera que se pueda prescindir definitivamente de la sensación de que el derecho tiene género y su género es masculino". 

Y todo parece indicar que aquí está el quid de la cuestiòn y  que toda la polvareda que se está levantando a raíz de esta sentencia , aprovechando que el Pisuerga de los impresentables de la Manada, pasa por el Valladolid de la ideología de género, se intenta poner toda la carne en el asador para intentar penetrar en el Sancta Sanctorum de la Justicia  que, desde la trinchera de la Independencia Judicial, continuamente asaltada desde todos los frentes, todavía ofrece cierta resistencia a la asunción de dicha ideología, a pesar de que actualmente la mayoría de miembros de la carrera judicial son mujeres; Y la cifra que aumenta cada año.  Se trata, pues, de golpear el muro de la Justicia, con el ariete ideológico para ir debilitandolo e introducirse por sus grietas para ampliar la franquicia del "los chiringuitos feministas". Quien no sepa a que me refiero, lea aquí y aquí .


domingo, 29 de abril de 2018

LA OTRA MANADA

Aunque la razón de ser de este blog, es la denuncia de las okupaciones, no he podido evitar el hecho de comentar mi impresión de todo lo sucedido antes, durante y después del tristemente célebre juicio y posterior sentencia de "la manada", o "la marranada" sobre los hechos ocurridos durante las Fiestas de San Fermín de Pamplona del año 2016.

Y ello es así, porque el movimiento populista o populachero que se está produciendo tras la sentencia, tendente a linchar a los jueces del tribunal sentenciador, está alentado, bajo la bandera del feminismo radical, detrás de la cual están los mismos que han alentado y siguen alentando las okupaciones, como otra de sus banderas o frente de conflicto. Por lo que, aunque no lo parezca, existe un cierto hilo conductor que vincula  el fomento político de las okupaciones y el feminismo radical que está detrás de  las acciones y protestas protagonizadas en primer plano por las mismas fuerzas antisistema, y seguidas visceralmente por muchas personas que, con la mejor de las intenciones, se han sumado, irreflexivamente al coro de linchadores contra el tribunal sentenciador.Todo ello motivado por un sentimiento de injusticia generado por la frustraciòn de una expectativa de mayor condena, estimulada por el juicio mediático paralelo, llevado a cabo durante la instrucciòn y durante el juicio oral , sin conocer plenamente los detalles de la Ley y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, asì como los de la propia sentencia y las concretas pruebas en que se ha basado.

Al igual que habitualmente sucede con las tumultuarias manifestaciones contra las resoluciones judiciales de desalojo de una propiedad okupada, que no gustan a los okupas antisistema, las fuerzas políticas que ahora están moviendo y capitalizando el malestar popular contra la sentencia, previamente calentado mediante un juicio mediático paralelo, están organizando y capitalizando un movimiento popular de linchamiento y descalificaciòn de los jueces a cuenta de la resoluciòn que han dictado, agitando la emotividad de las masas, previamente calentada y dorada a fuego lento por la cansina letanía de la "violencia machista" y el cacareado "Patriarcado" que supuestamente la sustenta.

Aclarada esta cuestiòn, vaya por delante mi repugnancia y rechazo a la vomitiva conducta de los ahora condenados; incluso, aun, cuando hubiesen sido declarados inocentes, como pretendía, el voto particular de uno de los magistrados del tribunal.

Por si solo, el acto,  puramente animal, o mas bien "bestial"  ( cinco tipos con toda la barba penetrando, por turnos, y por "tierra" "mar" y "aire" a una joven bajo los efectos del alcohol )  ya es bastante para sentir rechazo y censura, de todo tipo; incluso aunque los hechos hubiesen sido consentidos.  A esa sordidez del acto en si, hay que añadir la del lugar y circunstancias en que se produjo ( un estrecho cubículo en un oscuro portal;  grabando el acto para difundirlo después como un trofeo entre sus amigotes, y presumir de su "hazaña" ante los mismos ; y abandonando a la chica, acabada la faena, dejándola tirada como un trapo, en el que se limpiaron sus vergüenzas, tras sustraerle el móvil.

El por ello que, aunque, aunque pudiera parecerlo, al escribir esto no pretendo ni mucho menos hacer piña con los de mi sexo, defendiendo la "proeza" de estos "prendas" , ni de otros como ellos. Dios me libre. 

 Aclarado lo anterior, hay que decir, que se compartan o no las penas impuestas y los argumentos de la sentencia, no hay motivo para juzgar y condenar a los jueces que la dictaron, por "delito" de leso machismo, como se está pretendiendo por el feminismo radical, orquestando una campaña en Change Org, para pedir su inhabilitaciòn por el Consejo General del Poder Judicial, ( a fecha de hoy ya llevan mas de 1.300.000 firmas ) como si fuesen vulgares prevaricadores de libro; solo porque se hayan frustrado unas expectativas de mayor condena, generadas por el previo juicio mediàtico paralelo .

He de confesar que, en principio, a mi tambièn me sorprendiò la condena que, como a mucha gente me pareciò mas leve de lo esperado.

Es por ello que, ante esa inicial perplejidad, antes de juzgar a los jueces, tuve la paciencia de leer "el tocho" de 371 páginas, para tener un  mejor conocimiento de las razones de esa condena . 

Una vez leída, pude constatar las dificultades de los jueces para juzgar lo mas objetivamente posible y al margen del ruido mediàtico, los hechos, y que sus razonamientos, aunque discutibles no carecen de fundamento, a la vista de los hechos considerados como probados en la sentencia; por lo que, se esté o no de acuerdo con el fallo, es preciso reconocer que, al menos, técnicamente, resulta impecable a tenor de la regulaciòn legal de los delitos contra la libertad sexual en nuestro Código Penal y de la interpretaciòn que de los mismos ha venido haciendo el Tribunal Supremo, a cuya Jurisprudencia se recurre, con profusiòn, en la sentencia para justificar el fallo.

La clave de la decisiòn no está tanto en los  hechos de carácter sexual, que se dan como claramente probados, por los vídeos grabados y que los propios autores reconocen sin ambages, sino en el hecho de si hubo consentimiento  tácito por parte de la chica, y si hubo clara conciencia por los acusados de que aquella no los toleraba o consentía. Ese es realmente el núcleo principal de la polémica. Y el que motivò el voto particular de uno de los magistrados solicitando la absoluciòn. Algo que a la vista de los hechos que se declaran probados en la sentencia resulta difícil de sostener, pero que, sin haber visto los vídeos y asistido personalmente al juicio y conocido en detalle todas las pruebas practicadas, también resulta difícil de juzgar imparcial y objetivamente.

Pero salvado este importante escollo y dando por supuesto que no hubo consentimiento el otro nudo gordiano a desatar por los jueces es si hubo intimidaciòn o violencia o simplemente "prevalimiento" o abuso de superioridad. Porque de ello depende que el hecho, por aberrante que parezca,  sea considerado como abuso sexual, mas o menos agravado, en funciòn de las circunstancias, o agresiòn sexual ( equivalente, con matices, al anterior delito violación ). Y de ello depende a su vez la mayor o menor gravedad de la pena .

Y en este punto chocan, por un lado, el sentido comùn y la forma de entender los conceptos de violencia e intimidaciòn por el comùn de los mortales y por otro la jurisprudencia del Tribunal Supremo, máximo intérprete de nuestras leyes.

Visto así el problema para entender la sentencia es preciso empatizar, no solo con la víctima sino tambièn con el tribunal juzgador y ponerse en su lugar, antes de proceder a su linchamiento mediante juicio popular, sin derecho a la defensa , como se está haciendo por el feminismo radical, mediante una repelente campaña de desprestigio.

Estoy seguro, aunque esto es solo una intuiciòn basada en el rechazo que a mi me produce, que los miembros del tribunal, de tener claro y sin lugar a dudas, por las pruebas practicadas a su presencia en juicio, que no hubo consentimiento y que los ahora condenados eran plenamente conscientes de ello, y que se produjo una intimidación o violencia explícitas, habrían condenado por unanimidad por agresiòn sexual. Por ello no creo, a priori, en un prejuicio machista subyacente en los miembros del tribunal, como se ha sugerido desde el feminismo radical. Entre otras razones, porque entre sus componentes se encontraba una mujer; y porque no hace falta serlo para repudiar semejantes conductas, a menos que se sea un depravado, como los miembros de la "Piara" que integraron la autodenominada "manada" .

El problema es que, tanto la exteriorizaciòn de la negativa a los actos sufridos por la vìctima, como la conciencia por parte de los condenados de que aquella negativa era clara, a la vista de los hechos declarados probados presenta dudas objetivas, por varias razones :

1º .- Por la ambigua conducta de la chica, antes y durante los actos; ( entre otras cuestiones, momentos antes de entrar en el portal donde se produjeron los hechos reconociò haber estado besándose con uno de los miembros de la manada ) , además, se encontraba bajo los efectos del alcohol y la ausencia, no solo de la mas mínima resistencia, sino incluso de negativa explícita.
   
2º.- La ausencia de violencia o intimidaciòn explícitas por parte de los condenados, quienes tambièn se encontraban tambièn bajo influencia del alcohol.

 A todo ello hay que añadir que, a diferencia de lo que pretende colarnos el feminismo radical con  sus cansinas campañas anti-machistas y anti-patriarcales, las mujeres no son ángeles puros ajenos a la maldad, la mentira y la manipulación, sino seres tan  humanos como los hombres, y por tan iguales como estos  la hora de ser juzgados sobre su inocencia o culpabilidad o sobre la veracidad de sus denuncias o testimonios. Y de ello no deberían de están exentas las jovencitas, quienes, en los tiempos que corren, y aunque cueste creerlo, pueden resultar tal malvadas o perversas como las adultas, como se viene demostrando cada vez con mayor frecuencia.

Y esto no es una afirmación gratuita de un machista recalcitrante, sino que viene constatado por numerosos hechos, cada vez mas frecuentes.

Sin ir mas lejos, todavía está bastante reciente un caso muy similar al ocurrido en la Feria de Málaga del año 2014, en el que varios jòvenes fueron detenidos, y  acusados de violaciòn grupal por una chica de 19 años, demostrándose posteriormente la denuncia como falsa; y que, aunque cueste creerlo, resultó que el hecho habìa sido consentido.  Y otros casos semejantes  aún mas recientes, son los de  de la denominada "manada gallega", y el de una falsa violaciòn en Gandía, en presencia de un numeroso grupo de hombres, que según la denunciante se limitaron a observar sin auxiliarla.

Y lo que es mas grave, aún . Mas de un hombre ha pasado varios años en prisiòn  por falsas denuncias de mujeres, por delitos de naturaleza sexual. Como ocurrió a El Karrat ez Zitouni, acusado falsamente de violaciòn por  una mujer; O el conocido caso de Teo, quien se paso varios años en prisión a cuenta de denuncias de su mujer por violaciòn a su hijo menor  y por practicar actos de zoofilia con su perro, en presencia de su citado hijo menor;  de todos los cuales, finalmente resultò absuelto por el Tribunal Supremo.   O el del holandés Romano Liberto Van Dussen, aunque en este caso se trató de un error judicial y no de una denuncia falsa .

Pues bien, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, Podemos, despues de calentar la calle  ya está preparándose para legislar en caliente y presentar una reforma legislativa para que la víctima de una violaciòn no tenga que acreditar su no.

Podría citar muchos mas, pero creo que estos evidentes casos bastan para ilustrar que las denuncias por falsas violaciones, incluso grupales, existen y que, por ello, los jueces deben analizar cada caso a la vista de las concretas pruebas con suma prudencia para no dejarse influenciar por simples apariencias, por juicios o creencias preconcebidas o por juicios mèdiáticos paralelos o presiones políticas, callejeras o  de cualquier otro  tipo.

 Es por ello por lo que, a la hora de juzgar,  los jueces deben intentar abstraerse de toda clase de prejuicios y presiones mediàticas y valorar los hechos libremente y en conciencia, con la mayor objetividad posible; algo que no es precisamente fácil; especialmente en un caso como este en que tanto los hechos probados, como los supuestos de hecho de las normas donde aquellos deben ser encajados para ser juzgados, de acuerdo con la interpretación de las mismas por la jurisprudencia del Tribuna Supremo, son ambiguos y poco claros y por tanto sujetos a interpretación y valoración . 

Y centrado así el problema y a pesar de lo aberrante que resulte la conducta de los ahora condenados y del hecho que tengan otro juicio pendiente por hechos similares,  es preciso no olvidar, nos guste o no, que nuestra Constituciòn, para bien o para mal, establece en su artículo 24 el derecho a la presunciòn de inocencia, mientras no se demuestre lo contrario sin ningùn gènero de duda; y que en caso de duda, rige también el principio "In dubio pro reo" .  Y si esto es así, debe serlo para enjuiciar los hechos, cometidos tanto por hombres como por mujeres, sin excepciòn.

Prueba de que el problema no está tanto en el terreno de los jueces que han juzgado como de las  leyes e interpretaciones del T.S. que han tenido que aplicar, es que el Gobierno se ha apresurado a anunciar una inminente reforma legislativa, en caliente, para apagar el fuego feminista que amenaza con "incendiar" los juzgados "machistas", con todos sus jueces , sus togas y sus puñetas dentro, sin tan siquiera esperar al resultado de los posibles recursos existentes ( primero de apelaciòn ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y de Casaciòn después ante el Tribunal Supremo o incluso de amparo ante el Tribunal Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos )  .

La escandalera del feminismo radical resulta tanto mas sorprendente, cuando habiendo existido poco antes de la sentencia otros dos hechos de "manadas" en Alicante, semejantes, prima facie, a los ahora juzgados, no han suscitado ni el mas mínimo comentario.

A la luz de la sonora berrea feminista en el caso de la sentencia de la manada sanferminera,

¿ Tendrán que ver los ominosos silencios feministas en estos dos casos con el hecho de que los presuntos autores sean de nacionalidad argelina y por tanto supuestamente musulmanes ?

¿ Tendrá ello que ver con que no interesa que el foco de la indignaciòn feminista caiga sobre los supuestos autores de estas nuevas "manadas" o "piaras" , porque ello podría debilitar ante la opinión pública otros tres frentes de conflicto que lidera y atiza cada vez que puede, la misma izquierda que hegemoniza el feminismo radical, como son los del racismo, la xenofobia y la islamofobia ?

Por todo ello resulta altamente sospechoso que los mismos que promueven el linchamiento público del tribunal de la sentencia de "la manada" , por haber apreciado sus miembros, solo "prevalimiento"  y no violencia o intimidaciòn en los actos de aquellos, y que lo hacen mediante la agitación de la calle, cubiertos, ahora, bajo la máscara del feminismo radical, sean los mismos que apoyan a los asesinos de ETA y piden benevolencia con sus presos, o apoyan a la violenta, cobarde y organizada "manada" , que en Alsasua agredió brutalmente a 2 indefensos Guardias Civiles y sus parejas, por el mero hecho de serlo. 

Esos que, actuando en manada, promueven la inhabilitación de los jueces, y rodean sus Juzgados, tratando de desprestigiarlos y amedrentarlos para que, abandonando su criterio independiente, por muy discutible que sea,  se plieguen a sus particulares puntos de vista ideológicos, constituyen un verdadero peligro para la democracia y sus instituciones, olvidando, interesadamente, que con todos sus defectos, esta, se basa en la separación de poderes y en el imperio de la Ley, como expresión de la voluntad soberana del pueblo. Pueblo al que, sin base alguna, pretenden monopolizar representar y erigirse en interpretes  y voz exclusivos . Y eso ya no es democracia sino totalitarismo.