lunes, 28 de febrero de 2011

OKUPACION Y TURISMO

Okupar y rascar solo es empezar. Después ya no hay quien lo pare. Los okupas cada vez mas conscientes de que constituyen una especie protegida y de que el único peligro que corren es el de ser desalojados, al cabo de un largo tiempo y poco más; y parecen estar cogiéndole el gusto a tan lucrativa actividad. Y si antes se okupaban edificios en estado ruinoso y con claros signos de abandono, hoy ya okupan casoplones, edificios enteros de alto standing a estrenar o urbanizaciones turísticas con todos sus servicios . ¿Para que van a okupar ruinas, si las consecuencias son las mismas que okupar mansiones o palacios? Y cuando finalmente se produce el desalojo, tampoco pasa nada, pues siguiendo el viejo lema okupa, un desalojo es seguido por otra okupación. Y así de oca a oca, hasta agotar el parque de viviendas vacias, que no es moco de pavo.

La cosa que empezó con los okupas profesionales o con pedigrí, como un hobby con pretensiones políticas, está empezando a convertirse en deporte nacional, al calor de la crisis económica y de valores que nos acompaña y aprovechando las inexplicables facilidades que nuestros gobernantes les otorgan . Y a este paso, dicha actividad, podría terminar llegando a ser subvencionanda, como forma de acabar con tanto "capitalista especulador inmobiliario".

Por ello ahora los okupas ya no acuden de uno en uno, sino en masa . Y ya no okupan cualquier ruina, sino que eligen bien donde se meten, aprovechando la amplia oferta provocada por la crisis inmobiliaria, que les ha venido como caida del cielo. Eso lo saben bien en la turìstica y bella isla de Lanzarote, donde en los últimos tiempos los okupas se vienen dedicando a okupar, nada menos que urbanizaciones turísticas.

Hace unos días tuvo lugar la ejecución de una orden judicial de desalojo, nada menos que de 44 casas okupadas en la Urbanizaciòn Loma Verde, ubicada en el lanzaroteño enclave turístico de Puerto del Carmen del municipio de Tias. ( Ver videos )

Hace casi dos años que comenzaron las okupaciones en dicha urbanización, reconvertida de complejo turístico en residencial, tras venderse algunos apartamentos y terminar otros, los ahora okupados, embargados por la Caja de Canarias. Desde entonces, los propietarios que adquirieron algunos de los apartamentos vendidos, conviven con los okupas y con sus peleas, trafico de drogas e incluso robos, que desde entonces han tenido que sufrir, según dicen; y eso sin contar con el extraño incendio de uno de los apartamentos que tuvo lugar durante el desalojo. Todo ello, además de pagar los gastos de mantenimiento de la Comunidad, de los que los okupas se declaraban exentos. Y por supuesto, los sagrados impuestos.

Como las moscas cuando las vacas las espantan con el rabo, los okupas desalojados, en vista de que la anterior okupación les ha salido gratis, parecen haberse mudado un poco mas allá, en espera de otro rabotazo de la sesteante vaca judicial, que les obligue a moverse un poco mas de nuevo. En esta ocasiòn parece que le ha llegado el turno a Costa Teguise, donde el complejo de apartamentos "Teguisol", que ya había sufrido los ataques de los okupas, ha comenzado a padecer en la última semana, coincidiendo con el desalojo de los apartamentos de Loma Verde, una auténtica avalancha de okupas: lo que está afectando a la cotidiana tranquilidad de propietarios e inquilinos residentes en el complejo residencial, impotentes ante la invasiòn. (Ver video)

Como puede verse, la plaga okupa no afecta solo a los propietarios de los inmuebles okupados, sino a los vecinos o residentes en los mismos o sus inmediaciones; quienes, de la noche a la mañana se han visto obligados a convivir con gentes incontroladas del mas variado pelaje .

De seguir por este camino la plaga okupa podría afectar a una de nuestras gallinas de los huevos de oro : El turismo residencial.

La imagen tercermundista que proporciona una urbanizaciòn residencial, convertida en nido de okupas, no constituye la mejor campaña de marketing para la promoción turística de nuestro país.

¿ Alguien se imagina el daño que a nuestra imagen turística podría ocasionar un reportaje periodístico que transmita semejante realidad e n nuestros complejos turìsticos, publicado en Gran Bretaña o Alemania, por ejemplo ? . No sería la primera vez que agencias vinculadas a los grandes tour operadores de esos paises intentan abaratar los precios de los paquetes turísticos haciendo circular noticias sensacionalistas sobre nuestro país.

Claro que también podríamos abrir una novedosa y prometedora actividad turística que podría denominarse "okupaocio y turismo" . Seguro que seríamos un crack. Pero mejor no demos ideas.

domingo, 27 de febrero de 2011

¡ A OKUPAAAAR !


El 5 de mayo de 2010 en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, publicaba la Ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Málaga, por la que se regula el funcionamiento del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Málaga .

En el artículo 10.1.d) de la citada Ordenanza exigía que para la seleccion de los demandantes a los que se adjudicará una vivienda protegida, se cumpliesen, entre otras condiciones, que "el demandante, y en su caso, la unidad familiar o la unidad convivencial, no podrá ser ocupante ilegal, de ninguna vivienda protegida declarado así por resolución firme".

Visto así, parece una norma muy razonable, claramente encaminada a disuadir a futuros okupas de viviendas de protección oficial; actividad que, dadas las ridículas sanciones penales aplicables y la necesaria intervenciòn judicial para proceder a los desahucios administrativos, que hace que estos procedimientos se dilaten en el tiempo, encuentra axctualmente grandes incentivos.

A pesar de ello el Defensor del Pueblo de Andalucía, convertido en esta ocasiòn en defensor de los derechos de los okupas, ha dictado, con fecha 23 de octubre de 2010 una Resolución formulada en la queja 10/6441, abierta de oficio, y dirigida al Instituto Muncipal de la Vivienda del Ayuntamiento de Málaga, recordándole el deber legal de observar los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica, a tenor de lo previsto en los artículos 9.1 y 3 y 103.1 de la Constituciòn Española, y recomendándole la modificaciòn de la Ordenanza mencionada, para que deje sin efecto el apartado d) de su artículo 10.1, tambien mencionado.

Pero lo peor de todo no es solo eso, sino que, con las leyes en la mano y aunque pueda parecer incomprensible, existe una alta probabilidad , y no soy más categórico, porque en Derecho nada es lo que parece, de que el Defensor del Pueblo tenga razón; en cuanto a que tal condición ( no ser ocupante ilegal, de ninguna vivienda protegida declarado así por resolución firme ) se perfila como una sanción encubierta, que no se encuentra tipificada, como tal, en ninguna de las leyes y demás normas que dan cobertura jurídica a la citada Ordenanza y a las que esta desarrolla; como son la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo; La ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía ; El Decreto 237/2007, de 4 de septiembre, por el que se dictan medidas referidas a los ocupantes, sin título, de viviendas de promoción pública pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía y a la amortización anticipada del capital pendiente por los adjudicatarios;o la Orden de 1 de julio de 2009, por la que se regula la selección de los adjudicatarios de viviendas protegidas a través de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Analizando las infracciones y sanciones que recoge la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, resulta tan cierto como sorprendente que el legislador se haya olvidado de establecer la mas mínima sanción a las okupaciónes ilegales de viviendas protegidas, y en cambio sancione como infracción grave, con multas que pueden oscilar desde los 3001 hasta los 30000 Euros " No exponer, cuando legalmente proceda, en sitio visible durante el período de construcción, el cartel, según modelo oficial, indicativo de que la construcción está acogida al régimen de viviendas protegidas" ( art.18 d ) o como infracción muy grave, con multas que pueden oscilar desde 30.001 hasta 130.000 Euros, "No destinar a domicilio habitual y permanente o mantener deshabitadas sin causa justificada durante un plazo superior a tres meses las viviendas protegidas, y, en todo caso, dedicarlas a usos no autorizados o alterar el régimen de uso de las mismas" ( art. 20 e ) .

Resulta sorprendente tanta diligencia cuando se trata de defender los derechos de los okupas y tanto olvido a la hora de sancionar, impedir, dificultar, o en suma desincentivar los actos de okupaciòn ilegal; especialmente cuando nos encontramos en un país en que las prohibiciones y sanciones, estan a la orden del día de un tiempo a esta parte. Parece que alguien debería explicar esto.

Algo parecido sucede con la Orden de 1 de julio de 2009, por la que se regula la selección de los adjudicatarios de viviendas protegidas a través de los Registros Públicos Municipales de
Demandantes de Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tambien aquí sorprende que se posibilite la cancelación de la inscripción en el Registro de Demandantes de Viviendas Protegidas, lo que conlleva la imposibilidad de participar en los concursos para la posible adjudicacion de alguna de las viviendas ofertadas, en virtud de circunstancias tales como "la finalización del periodo de vigencia de la inscripción
sin que se hubiere procedido a la renovación"
( art. 6 b de dicha Orden ) ; o "Cuando habiendo resultado adjudicatario en los correspondientes procedimientos, hayan renunciado voluntariamente en dos ocasiones a la vivienda o promoción para la que hubiesen sido seleccionados" ( art. 6 e ) ; y sin embargo, la okupaciòn ilegal no constituya causa para dicha cancelaciòn.

Del mismo modo que tambien sorprende, que la condición de okupa, tampoco afecte en modo alguno al orden de adjudicación de alguno de los sistemas que se recogen en el artículo 7.1 de dicha Orden. ( baremacion, sorteo o antiguedad )

Con todo lo cual, según las leyes de la Comunidad Autónoma Andaluza ser okupa resulta indiferente a la hora de acceder a una vivienda protegida en Andalucía. O dicho de otra forma, las normas que regulan el derecho a las viviendas de protección oficial en Andalucía, consideran como iguales a la hora de acceder a una de ellas, tanto al okupa ocasional o recalcitrante, como a aquellos que pudiendo actuar del mismo modo, sin mayores consecuencias, optan por el mas escrupuloso respeto de la propiedad y las leyes que la regulan. Curioso trato igualitario, en que se trata lo desigual con el mismo rasero; con lo que indirectamente o por omisión, se está incentivando o fomentando la okupación. Lo cual cobra especial relieve después de que haya cobrado carta de naturaleza esa peculiar forma de desigualdad bautizada como discriminación positiva que, en este caso, además, parece también selectiva.

No sancionar administrativamente la okupación ilegal de viviendas protegidas supone dar alas a la okupación de las mismas, además de una burla y una discriminación hacia otros potenciales adjudicatarios respetuosos de la legalidad y en general a todos los ciudadanos que sufragan con sus impuestos las viviendas públicas, que el okupa se dedica a sustraer, aunque sea temporalmente, a su funciòn social; impidiendo, mientras dura la okupación la aplicación de los procedimientos que para llevarla a cabo establecen las leyes; al tiempo que sustrae los recursos públicos necesarios para llevar a cabo su desalojo del inmueble okupado.

Por todo ello el Defensor del Pueblo de Andalucía, además de mostrarse diligente a la hora de velar por los derechos de los okupas, debería mostrar la misma diligencia en recomendar a la Junta de Andalucía la modificación de las leyes vigentes reguladoras del Derecho a la Vivienda; a fin de que los okupas no reciban el mismo trato, a la hora de acceder a una vivienda de protección oficial, que quienes no realizan tales acciones.

Si en el caso de los okupas, la Ordenanza del Ayuntamiento de Málaga , pudiera vulnerar el principio de tipicidad y en consecuencia el de legalidad, en el segundo lo que está en juego de mantener el Status quo legal sería el Derecho de igualdad; no menos digno de protección. En cuanto mantener la actual regulación, si la interpretación del Defensor del Pueblo resulta correcta, supondría, no solo una ofensa para quienes respetan las leyes y la propiedad ajena, tanto pública como privada sino, además, una invitaciòn a la okupación .

De no ser así tengamos el valor de declarar de una vez por todas la okuapación como parte del derecho a una vivienda digna y empecemos, remedando al difunto y olvidado Joaquín Prats, ¡ A okupaaaaar ! . Eso si, empezando por La Moncloa y el Palacio de San Telmo .
NOTA : Y mientras en Andalucía el Defensor del Pueblo de esa Comunidad, defiende con ahinco los derechos de los okupas, en Madrid y Barcelona contratan vigilantes ( que pagamos entre todos, además de a legisladores, jueces y policías, ) para ahuyentar a los okupas. Y luego dicen que estamos en crisis . ¿Será de valores?

viernes, 18 de febrero de 2011

OKUPAS : UNA DE CAL, OTRA DE ARENA

Tras casi un mes, en que por razones personales que ahora no vienen a cuento, he estado "desconectado", retomo la actividad en el blog, haciendo un resumen de algunos de los hechos mas relevantes que, en mi ausencia han tenido lugar en el mundillo okupa.

Un repaso a las noticias mas significativas publicadas en diversos medios durante ese tiempo de ausencia , ha servido para constatar, una vez más dos cuestiones bastante repetidas en anteriores entradas de este blog:

1º.- Que en España la okupaciòn es una actividad que se desarrolla en una permanente contradicciòn; en cuanto estando legalmente prohibida y sancionada resulta, en la práctica, políticamente tolerada y legal y hasta judicialmente tutelada.

2º.- Que su ilegal existencia y la de las diversas actividades, tambien ilegales, que se desarrollan a su amparo o como consecuencia de la okupación suponen, ante todo, un puro problema de voluntad política.

Varias noticias ocurridas recientemente pueden servir de ejemplos que permiten corroborar las anteriores afirmaciones :

Así, en Barcelona, un numeroso grupo de integrantes de la denominada "Asamblea de Barcelona" utilizando la misma escusa y la misma técnica que ya habían empleado con éxito en septiembre del pasado año, durante la pasada huelga general en una antigua sede de Banesto, okuparon, como tienen por costumbre, tras una manifestación no autorizada, el denominado Palacio del Cinema en la barcelonesa Via Layetana.. Sin embargo, en esta ocasión, a diferencia de lo ocurido con la okupaciòn de Banesto fueron desalojados por los Mossos de Escuadra, de forma inmediata y expeditiva; poniéndose con ello de manifiesto que las okupaciones no prosperan cuando tienen enfrente unos dirigentes polìticos dispuestos a evitarlo, mediante la simple aplicaciòn, sin paños calientes, del las normas del Estado de Derecho. En este sentido el nuevo Consejero de Interior de la Generalitat, Felipe Puig, bajo cuyo mandato se dirigiò el dispositivo de los Mossos que efectuò el desalojo, ha advertido a los okupas
diciendo que "Se ha acabado la impunidad para quienes piensan que ocupar propiedades privadas y alterar el orden público forma parte del paisaje de Barcelona y Catalunya" . Esperemos que las buenas intenciones tengan continuidad en el tiempo .

Algo parecido ha ocurrido tambien en Berlín, donde las autoridades, al igual que ya sucediera en Holanda, hartas de soportar estoícamente la tiranía okupa han decidido dar un puñetazo sobre la mesa y en cumplimiento de una resolución judicial, han procedido a desalojar, sin contemplaciones, la mítica casa sin ley del número 14 de la calle Liebig, okupada nada menos que desde 1990; para lo cual, tras 30 horas de resistencia numantina , disturbios y actos vandálicos, protagonizados por los okupas y sus secuaces, fué necesario que 2500 efectivos antidisturbios se empleasen a fondo, durante mas de 24 horas, practicándo mas de 80 detenciones.
 
Frente a estos dos ejemplos, en que se manifiesta una clara voluntad de hacer prevalecer la lógica del Estado de Derecho, sobre la lógica de la "patada en la puerta", podemos ver otros ejemplos en que, inexplicablemente los okupas consiguen imponer su voluntad, no solo por encima de la voluntad política, sino incluso por encima de las resoluciones judiciales. Lo cual resulta incluso mas preocupante,en cuanto semejantes situaciones hacen buena, una vez más, por una u otra razón, la célebre frase que dice afirma que "la Justicia es un cachondeo" .

Tres son las noticias recientes que ponen de manifiesto lo que podrìamos llamar "abulia" política y judicial, al permitir situaciones de okupaciòn contra natura, que contribuyen a mantener vivo un movimiento que carece de la más mínima implantaciòn y simpatìa social, por mucho que sus integrantes se afanen en vendernos, fraudulentamente, lo contrario.

La primera se refiere al llamado madrileño "Patio Maravillas" , del que ya hemos hablado en este Blog en anteriores ocasiones ( 1 , 2 , 3 ) y cuyos integrantes, no contentos con okupar un inmueble, después de haber sido desalojados judicialmente de otro que ya okupado anteriormente, en poco más de un año han okupado otros tres más; dos de ellos en el pasado més de enero, lo que hace un total de cuatro inmuebles okupados simultáneamente por el mismo grupo de okupas; Y todo ello, con la finalidad de chantajear al Ayuntamiento de Madrid, con quien pretenden negociar la entrega incondicional de inmuebles de titularidad pública, y otras concesiones, para que los chicos entretegan su ocio y puedan desde una base estable ampliar su ilegal negociete político inmobiliario.

El segundo ejemplo es el C.S.O.A denominado "Casa das Atochas", en La Coruña, del que también hemos hablando recientemente en este blog ( 1 , 2 , 3 , 4 ) , cuyos okupas, tras ser desalojados judicialmente del inmueble que okupaban desde hacía mas de dos años, organizaron una manifestaciòn ilegal en la tras la realización de diversos actos vandálicos tolerados por las autoridades gubernativas, han vuelto a okupar el local, donde aún permanecen, intentando ganar tiempo a la espera de una nueva resolución judicial que de respuesta al recurso que contra el desalojo cautelar han interpuesto.

El tercero constituye una nueva repeticiòn del típico modus operandi habitual de los okupas y hace referencia al reciente desalojo judicial de los okupas de la antigua carcel de Torrero, en Zaragoza, que seguido, una vez más, por una manifestaciòn ilegal de protesta por el citado desalojo, ha vuelto a ser impunemente okupada, ante las mismas narices del dispositivo de Policía Local, que desistió de intervenir, tras la negativa de la Delegaciòn del Gobierno de enviar los refuerzos solicitados de la Policía Nacional. Tras todo lo cual ni el Ayuntamiento, al parecer titular de la propiedad, ni la Justicia parecen haber hecho nada efectivo para recuperar inmediatamente el inmueble, reokupado, a pesar de que el primero ha manifestado su intención de solicitar un nuevo desalojo. Mientras tanto los okupas y algunos de sus "socios" y "cofrades", parecen decididos a que se premie su resistencia al desalojo y posterior reokupacion , solicitando que el Ayuntamiento inicie negociaciones, para permitirles mantenerse en el inmueble; señalando con ello el camino a futuros okupas y promoviendo futuras okupaciones y resistencias a los desalojos. Todo un ejemplo de coherencia y de demostraciòn de en que consiste, para algunos, eso que pomposamente, suele denominarse como "el imperio de la Ley".

Curiosamente, el asunto guarda gran similitud con lo ocurrido, hace poco más de un més en la "Casa Das Atochas" , donde, a causa de la inacciòn de la Subdelegación del Gobierno, a los okupas, no solo se les permitió manifestarse ilegalmente y de forma vandálica, sino también reokupar impunemente el local del que acababan de ser desalojados tras una orden judicial.

Tanta similitud, que recuerda, en algunos aspectos, la errática estrategia anti-ETA, invita a pensar en la existencia de algún hilo conductor que permita relacionar el resultado final de estos preocupantes hechos, sospechosamente coincidentes ?.
Para pasar de la sospecha a la certeza, habrá que seguir atentos a la pantalla.