martes, 27 de abril de 2010

UN DESALOJO OTRA OKUPACION

Haciendo honor a su habitual grito de Guerra, “un desalojo otra okupación”, un grupo de “bárbaros” okupas, desalojados, hace unos meses, de otro edificio okupado bautizado como “ La Malaya” y más recientemente de otro denominado “La Mácula” han vuelto a hacer uso de su tan expeditivo como ilegal método de la patada en la puerta, y vuelto a okupar, en Madrid, un edificio, ubicado en la calle Santa Isabel nº 23, y situado a unos 300 metros del anteriormente desalojado , al que han denominado “CasaBlanca”.

Una vez más, como ya viene siendo habitual, tras cada okupación anunciada a bombo y platillo, los okupas no contentos con la simple okupación, han celebrado la misma haciendo ostentación pública de su ilegal acción, mediante un acto de inauguración y celebración de “puertas abiertas”; exclusivamente a su parroquia, por supuesto. Y todo ello sin que ni la sociedad ni nuestros políticos hayan reaccionado ante semejante cadena de okupaciones protagonizadas por el mismo grupo de personas; aceptando semejantes actos vandálicos, con tanta naturalidad como quien contempla un paisaje o la llegada de la primavera.

Y no contentos con hacer ostentación de dicho acto de ilegal de okupación, los okupas se jactan igualmente de su historial de okupaciones anteriores, que exhiben a modo de palmarés o hazañas, con la que no tardaran, probablemente en presentarse al “Guiness”. Para ello y en versión moderna de las muescas que los pistoleros del oeste hacían en las culatas de sus revólveres para simbolizar los muertos caidos a sus manos, los olupas de la "CasaBlanca" han colgado junto a las puertas del edificio una gran pancarta horizontal en la que se puede leer la cronología de los edificios ocupados por este grupo: 'En 2006, La Eskoba; en 2007, La Alarma; en 2008, Palacio Malaya; en 2009, la Macula, en 2010, Casablanca'. Y todo ello sin que ni la sociedad ni nuestros políticos, ni nuestros jueces, hayan reaccionado en consecuencia, durante todo ese tiempo; aceptando semejantes actos vandálicos, con tanta naturalidad como se contempla un paisaje o la llegada de la primavera. Los primeros, confiados en que el problema no va con ellos, en unos casos y apáticos e impotentes ante la falta de fé en los políticos y los jueces, en otros; los segundos enfrascados en sus reyertas políticas preelectorales, Y los terceros, sesteando en la inercia burocrática y abrumados por el peso de los legajos polvorientos que se acumulan sobre las mesas y estanterías de los juzgados.

Y así, okupación tras okupación, la anarquía okupa sigue cosechando victorias sobre las leyes democráticas, sin que a nadie que no sea el propietario okupado parezca importarle lo más mínimo.

Y lo que es aún más grave. No solo se permite a los okupas ejercer con gran margen de libertad e impunidad sus ilegales actividades de “piratería” inmobiliaria, sino que incluso, se premia a colectivos que o bien han protagonizado okupaciones o simpatizan con ellas, cuando no colaboran con las mismas o las apoyan; como ha sucedido con el edificio público de la Antigua Tabacalera, sito en la Glorieta de Embajadores, destinado a sede del Centro Nacional de las Artes Visuales, que al parecer, ha sido cedido, por el Ministerio de Cultura, temporal ( Hasta el inicio de las obras de construcción ) y parcialmente ( 5000 m2 en su planta baja) para acoger el CSOA “La Tabacalera” , a grupos "emparentados" con el movimiento okupa.

En cuanto a las razones de la okupación del CESOA "CasaBlanca, expresadas por los okupas pueden verse en su comunicado, que se reproduce íntegramente a continuación :

Comunicado de la asamblea del CSO CasaBlanca

"Cinco okupaciones han servido para mucho, pero sobre todo, para hacernos ver las cosas cada vez más claras.
Cinco okupaciones para reafirmarnos en nuestra posición de que somos antagónic@s y vivimos en una sociedad dual.
Cinco okupaciones que forman parte de un movimiento mundial que se convierten en la cruz de su cara.
No vamos a permitir que sigan invisibilizando el conflicto. Sus herramientas son claras y evidentes: el control y posesión del Capital. Un Capital que les ha permitido crear conceptos de “democracia, libertad, igualdad y justicia” en base al mismo, pero que su desigual distribución permite un goce asimétrico de estos principios. Les ha permitido crear un marco jurídico que permite destruir por la fuerza cualquier movimiento que cuestione la estructura de dominación, sin importar cómo se ponga en práctica dicho cuestionamiento.
Pero Cinco okupaciones nos abren los ojos más que nunca. Nos hacen ver que no podemos esperar a que por un milagro cambien las cosas, ni esperar que una estructura de oportunidades nos permita asestar el golpe final.
No queremos tomar el poder, sino destruirlo. Destruir el monopolio del uso de la fuerza del Estado, destruir las relaciones de dominación y control sobre el territorio. Destruir la posibilidad de acumulación de propiedad privada, la alienación, la atomización, y el Yo; hasta construir un concepto del Nosotr@s en una sociedad de tipo colectivista.
Cinco okupaciones que nos animan a seguir adelante: vamos a apropiarnos del territorio que consideramos nos pertenece, y animar al resto de personas a que lo hagan. A través de la auto-organización, la autonomía, la autogestión y la desobediencia, seguiremos experimentando, hasta que gestionemos de forma colectiva todos los ámbitos sociales y estructurales por los que nos vemos afectad@s, sin ninguna posibilidad de intervención de tercer@s.
Estas Cinco okupaciones nos muestran que estamos en una lucha permanente, y que la represión recaerá sobre nosotr@s. Pero no vamos a parar y seguiremos adelante, porque sabemos que no estamos sol@s y que a la quinta no va la vencida. Ahora más que nunca, queremos hacer un llamamiento a el apoyo mutuo, la solidaridad y la internacionalización de la lucha. Porque sol@s no podemos, pero con vosotr@s sí... "

Como puede verse todo un delirante alegato contra un modelo de sociedad y de Estado, que con todas sus deficiencias, los acoge, mantiene, soporta, tolera y sin los cuales su existencia carecería de sentido. Toda una muestra de claridad de ideas y de ideales, que ponen de manifiesto la diarrea mental en que se mueve esta especie urbana "protegida" .

Y, por último, para quien quiera conocer un poco más a fondo, como se piensa (es un decir) en este alucinante mundillo “anarkokupa”, y cuál es la cultura (es otro decir) con que alimenta su espíritu y que supuestamente se imparte en las CESOAs, puede entrar en este Blog gestionado por tres “angelitos” de edades comprendidas entre 17 y 22 tiernos añitos. El título "supurando rabia", es todo un poema; y su contenido se comenta por si solo.

Pero lo peor de todo es que su lema " UN DESALOJO OTRA OKUPACION", sigue vivo y coleando, gracias a quienes con su pasividad, lo hacen posible.

Actualmente el Código Penal está siendo objeto de debate en la Comisión de Justicia del Congreso, pero no parece que ningun partido político, excepto CIU, esté muy interesado en modificar el delito de usurpación para dificultar las okupaciones como la del CSOA "CasaBlanca". Otro motivo de celebración para los okupas. ¡ Que País!

martes, 20 de abril de 2010

CRITICA ANTIOKUPA A UN OKUPA, CRITICO CON UNA CRITICA OKUPA



Hace días peregrinando por los vastos territorios okupas en "la Red" me tropecé con un suculento artículo pro-okupa, titulado "El movimiento okupa y el derecho de propiedad", de los mas, aparentemente, moderados y razonados que pueden encontrarse en la selva de la intelectualidad okupa .

Dicho artículo, escrito por un supuesto okupa que se hace llamar Aritz ( espero que no se trate de Aritz Azcona Domínguez ) , aprovechaba para hacer una defensa del movimiento okupa y justificar sus acciones, mediante la crítica de otro artículo, titulado "vive y odia" crítico a su vez, con dicho Movimiento, escrito por el periodista José Carlos Martinez, con motivo del los violentos incidentes producidos tras el desalojo, a finales del pasado año del CSOA "Malas pulgas", en la capital valenciana.

Dicho escrito del okupa Aritz, contiene los típicos tópicos okupas, y aunque su argumentario parece algo más elaborado que el de otros escritos okupas anteriormente comentados, en este Blog ( 1 , 2 , 3 ) no está exento de las típicas falacias, simplificaciones, e imprecisiones conceptuales con que suelen justificar y fundamentar la idea básica que defienden.

Para facilitar su lectura crítica, recogeré el texto original del artículo en letra de color negro y los comentarios al mismo en color azul. Quien desee leer el artículo en su versión original sin comentarios, puede hacerlo pinchando en su título : "El movimiento okupa y los derechos de propiedad "


Posted By Aritz on September 29, 2009
"El otro dÍa encontré un viejo artculo del IJM sobre el movimiento okupa. El artículo en sí no tiene desperdicio, una acertada visión de la relación entre los derechos de propiedad y el movimiento okupa… tal y como lo describen los medios. Como es habitual, esta descripción está alejadísima de la realidad y por lo tanto, el análisis falla del todo al analizar sólo una parte minoritaria de un movimiento que consiste en mucho mas que entrar en casas ajenas y no ducharse".

Sin dar respuesta a las cuestiones sustanciales que plantea el artículo que critica, Aritz, haciendo alarde de la capacidad simplificadora y reduccionista propia del pensamiento okupa, toma el rábano por las hojas para poner de manifiesto que el movimiento okupa "consiste en mucho más que entrar en casas ajenas y no ducharse" .

De momento ya coincidimos en algo respecto al movimiento okupa, aunque como dice Aritz, sea solo una parte minoritaria. Y ello es cierto, en cuanto que entrar en casas ajenas les ocupa realmente una parte minoritaria de su tiempo. Lo que ocupa la mayor parte de su actividad es precisamente mantenerse en las mismas contra la voluntad de su dueño; pues una vez que entran, y al igual que ocurre con las garrapatas, no se van ni con agua caliente. Tal vez de ahí provenga la "fobia" al agua a que alude Aritz; aunque en esa cuestión no voy a entrar para no perder el hilo de lo sustancial .

Por ello, y para no desviarnos de sus propias palabras, veamos en qué consiste la parte mayoritaria de dicho movimiento, según la versión del okupa Aritz, quien dice : ".

"La relación del movimiento okupa con los derechos de propiedad es bastante curiosa. El punto central del pensamiento okupa puede resumirse como que un bien inmueble desocupado es susceptible de ser apropiado con todo derecho por alguien que no disponga de un espacio propio. Esto está bastante lejos de caraduras varios que se apropian de una casa o edificio que está siendo usado y se mantienen en el lugar por la fuerza".

También coincidimos en el resumen que hace del punto central del pensamiento okupa, en cuanto afirma que este consiste en que "un bien inmueble desocupado es susceptible de ser apropiado con todo derecho por alguien que no disponga de un espacio propio". Claro que coincidir en que ese es el punto central del pensamiento okupa, no implica, ni mucho menos que defendamos semejante tesis, que resulta tan simplista cómo falaz e imprecisa, por los cuatro costados.

En realidad lo que semejante afirmación implica, es que el punto central del movimiento okupa está contra las normas vigentes que regulan el Derecho de propiedad; puesto que nuestro Código Civil no reconoce semejantes supuestos de hecho, (no disponer de un espacio propio y que exista un inmueble “desocupado” ) ni entre las limitaciones de la propiedad ni entre los modos de adquirirla. Y en esto tanto unos okupas como otros tienen cara de hormigón. Que ese hormigón sea reforzado, con armadura, o que carezca de ella, solo implica una mayor o menor dureza y resistencia; pero en ambos casos la cara dura resulta evidente.

El Artículo 33.1 de nuestra Constitución, reconoce como un Derecho de los ciudadanos, el Derecho a la Propiedad Privada; Por su parte, el artículo 348 del Código Civil, define la Propiedad, como el "Derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las establecidas en las leyes"; y el artículo 33.3 de la citada Constitución añade que " nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos, sino por causa justificada de utilidad pública o interés social , mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes".

En cuanto a los modos de adquirir la propiedad, el articulo 609 del Código Civil, establece que "la propiedad se adquiere por ocupación" (que no "Okupación"). Añadiendo que la propiedad y los demás derechos reales se adquieren y transmiten por la Ley, por donación, por sucesión, testada o intestada, y por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición". "Pudiendo también adquirirse por medio de la prescripción.

Si descartamos la Ley, la donación, la sucesión y el contrato como medios de adquisición de los inmuebles por parte de los okupas, nos quedan solo la ocupación (que no "okupación ) y la prescripción, como dos posibles vías para su adquisición por parte de estos.

En cuanto a la ocupación (que no "okupación) el artículo 610 del Código Civil establece que, se adquieren por ocupación "los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de caza y pesca, el tesoro oculto o los bienes muebles abandonados".

Aunque la literalidad de dicho artículo pudiera dar a entender que no excluye los bienes inmuebles como posible objeto de "ocupación" ( que no "okupación" ) , no hay que olvidar que respecto a los inmuebles el artículo 17 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, atribuye, en su apartado primero, como "pertenecientes a la Administración General del Estado los inmuebles que carecieren de dueño". Por lo que, en virtud de ello, quedarían excluidos de adquisición por los okupas por esta vía de la ocupación (que no okupación).

En cuanto a la prescripción, como forma de adquirir la propiedad, el Código Civil en su artículo 1930 dice que, " por la prescripción se adquieren de la manera y con las condiciones determinadas en la ley, el dominio y los demás derechos reales" y que mediante aquella también pueden extinguirse tales derechos para quienes los viniesen ostentando.

Sin embargo, los okupas, y este es realmente el punto central de su ideología anarquista, prefieren adquirir a su manera, en lugar de respetar las "maneras" y “condiciones” legales y que para el caso de la prescripción, se recogen en los artículos 1040 a 1960 del Código Civil.


Sigue diciendo el okupa Aritz :

De hecho, la okupación no siempre se realiza para que alguien viva en una casa desocupada. Muchas veces el objetivo es crear un “centro social”, conocidos como CSO (Centro Social Okupado) y en el País Vasco como “Gaztetxe” (casa de jóvenes). La función de estos centros no es la de servir como hogar para nadie, si no la de dar a la comunidad en general y a los jóvenes concretamente un lugar para reunirse (con fines polticos o no), realizar actividades de todo tipo (talleres, películas, gimnasios…) y hacer fiestas o conciertos. Todo ello exige un considerable trabajo, que los okupas realizan por que creen en un proyecto y sin esperar nada a cambio.

Este párrafo condensa en gran medida los verdaderos objetivos y promotores del movimiento okupa. Y como puede verse, ni la cacareada especulación ni el supuesto derecho a una vivienda digna, elementos centrales de los argumentos con que los okupas pretenden justificar sus acciones, se encuentran entre sus objetivos principales y directos, ni tampoco los ancianitos o padres de familia aparecen entre los promotores del movimiento okupa.

Antes bien se trata de un movimiento juvenil, a caballo entre los fenómenos sociológicos de las tribus urbanas, el botellón y los grupúsculos políticos marginales y radicales de esa parte del espectro político que se ha dado en llamar izquierdas, apoyados y manipulados a su vez por otros grupos políticos de mayor peso específico.

Resulta curioso que el okupa Aritz aluda en su descargo al "considerable trabajo" que la okupación exige a los okupas, "sin esperar nada a cambio", sin preguntarse por el trabajo que exige o ha exigido al propietario adquirir su propiedad, mantenerla, pagar los impuestos correspondientes, y los gastos para lograr el desalojo de una okupación ilegal, incluida la parte proporcional del abogado defensor de los okupas, en la mayoría de los casos
. Y todo ello, sin espeprar nada a cambio por parte de los okupas, ni de los políticos que facilitan su perviviencia.

Y contiúa Aritz :

El proyecto puede ser mas o menos bonito, pero desde luego nunca puede justificar el robo. Donde más falla el análisis de los medios masivos y la opinión general es en este punto. Cuando se habla de este movimiento es para bombardearnos con imgenes de policas desalojando a unos jóvenes de un caserón medio derruido, y a continuación pasar a entrevistar al propietario que explica como entraron por la fuerza en su propiedad y tuvo que llamar a las fuerzas de la ley. Desde luego, ésto existe, pero ni de lejos es mayoritario. La relación de distintos centros y casas okupadas con la propiedad es bastante variada.

Sin entrar a discutir si las acciones okupas constituyen un delito de "robo", como dice Aritz, de usurpación o un simple ilícito civil, que para eso ya están los jueces, lo cierto es que a lo que más se asemejan, es a un delito de "realización arbitraria del propio derecho", incluido no dentro de los delitos contra la propiedad, sino contra la Administración de Justicia y que se define el el Código Penal como "el que para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas" .

En realidad, aún cuando los okupas no realizan un derecho propio, porque evidentemente carecen de él, sin embargo, en su interesado imaginario, justifican sus acciones como si así lo hiciesen, apelando al mal llamado "Derecho" a una vivienda digna, o a un tan ridículo como eufemístico e imaginativo derecho de nuevo cuño a "dar vida a espacios muertos".

En cuanto al supuesto bombardeo de los medios con imágenes de policías desalojando jóvenes en caserones derruidos, tales imágenes son tan reales como buscadas de propósito por los propios okupas. Si no es así ¿Por qué desobedecen sistemáticamente las decisiones judiciales de desalojo?
Por el contrario ¿Por qué, no hay imágenes de propietarios tomando por asalto con un ejército de mercenarios la propiedad ilegalmente okupada? Simplemente por que no existen. ¿Por qué los okupas "buenos", que siempre se manifiestan contra los desalojos, nunca lo hacen contra los okupas "malos" que dañan su imagen como colectivo supuestamente "pacífico" y "filantrópico" ? Pues porque comparten las mismas ideas básicas y eso les parece suficiente para justificar los medios.

Contiúa Aritz diciendo :

Cuando alguien va a entrar a una casa (a partir de ahora no distinguir entre si es para crear una casa o un centro social pues a efectos prácticos es indiferente ) se lo piensa bastante. No se eligen por cual es más bonita o está mejor situada, el factor clave suele ser la relación que ésta tenga con el propietario. Por supuesto, siempre se buscan inmuebles en desuso. Normalmente sólo se entra si no se conoce propietario o éste no existe. A partir de aquí hay varias

La primera es que no haya propietario o éste no reclame su propiedad. En este caso, no creo que deba haber ningún problema para que los nuevos dueños sean los okupas. Más aún si con su trabajo restauran la casa y la habilitan para ser habitada o para llevar a cabo distintas actividades. Es tan sencillo como que si yo me encuentro algo tirado en la calle puedo apropiármelo.

Respecto a la posibilidad de "que no haya propietario", ya hemos visto anteriormente lo que establece el artículo 17 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, atribuyendo a estas las propiedad de tales inmuebles. Y para el caso de que el propietario "no reclame la propiedad" , simplemente entrarán en juego las reglas de la prescripción



Sin embargo, un ejemplo paradigmático de la simplificación del pensamiento okupa, válido solo para mentes igualmente simples o interesadas, lo constituye la idea de que "si encuentro algo tirado en la calle puedo apropiármelo". Ello es así, en cuanto, al igual que hace con los inmuebles equiparando “desuso”, con la “renuncia o abandono” del derecho de propiedad, equipara el “abandono” de un bien mueble con su “pérdida”.

En su aparentemente ingenua simplicidad el okupa Artiz olvida que, el artículo 615 del Código Civil obliga, a quien encontrare una cosa mueble, que no sea un tesoro, a restituirla a su anterior poseedor, o si este no fuera conocido a consignarla inmediatamente en poder del alcalde del pueblo donde se hubiere verificado el hallazgo (hoy oficina de objetos perdidos del Ayuntamiento), quien deberá publicar el hallazgo en la forma acostumbrada dos domingos consecutivos. Solo pasados dos años a contar desde la última publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.

En virtud de ello, nuestro Código Penal, en su artículo 253 tipifica como delito de apropiación indebida, sancionando con la misma multa que el delito de usurpación no violenta (multa de tres a seis meses) a "quienes se apropiaren de una cosa perdida o de dueño desconocido", siempre que el valor de lo apropiado exceda de 400 Euros; aumentando las penas, en caso de que se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.

Por otro lado, para ser los okupas “ateos”, respecto al Derecho de propiedad, parece encantarles el status de dueños, en cuanto toman posesión de un inmueble mediante la okupación del mismo.

Sigue Aritz diciendo :

El segundo caso es que el propietario reclame su propiedad. Nuevamente se abren más posibilidades. Una muy común (y que los medios nunca enseñan) es que los okupas negocien con el propietario para poder quedarse adentro. Aquí se dan todo tipo de casos, desde dueños que ceden el inmueble gratuitamente (normalmente porque los okupas se disponen a restaurarlo y el dueño lo tenía abandonado por falta de tiempo o interés) hasta alquileres, que pueden ir desde el precio normal de un alquiler en la zona (que se financia vendiendo camisetas, productos artesanales hechos en talleres o con el dinero que se saca en la barra en el caso de los centros; o por el simple cambio del status de los okupas a alquilados para las viviendas), a alquileres simbólicos (llegué a ver un gaztetxe que tenía un contrato de alquiler con la dueña de 1€ al mes), pasando por un precio más reducido para compensar las labores de restauración. Aunque los okupas puedan haber invadido la propiedad del dueño, si éste no reclama una compensación (ya sea porque le beneficia la presencia de los okupas o porque simpatiza con sus ideales) no podemos hablar de robo o de atentado contra la propiedad. De hecho, es frecuente que la negociación se haga previamente a la entrada.

Una vez más, las angelicales hipótesis que Aritz abre en éste párrafo, invitan a la sonrisa cuando no a la carcajada, en cuanto contienen una alta dosis de surrealismo.


Estadísticamente todas las situaciones apuntadas por Aritz en este párrafo, constituirían, en el mejor de los casos, la puntita del masivo iceberg okupa; pudiendo tal vez equipararse, cuantitativamente, a aquellas en que los okupas desalojan voluntariamente cuando el propietario se lo pide.

“Que los okupas negocien con el propietario para poder quedarse dentro”, recuerda mucho a las típicas negociaciones de los secuestradores o atracadores con rehenes. Por ello, también en este punto coincido con Aritz, en que, al igual que ocurre con los desalojos, es una pena que los medios no retransmitan esas “negociaciones” en vivo y en riguroso directo, al modo de “Gran Hermano”. No desesperes, okupa Aritz, todo se andará a su debido tiempo.

En cuanto a lo de pagar un alquiler, si esa es la intención real ¿Que gracia y que finalidad tiene entonces la okupación?

Por último identificar con una técnica de okupación el negociar libremente y sin coacción alguna con el propietario el acceso al inmueble y la permanencia en el mismo, y la contraprestación correspondiente, es la forma que las personas normales y aburridas solemos utilizar, y el único método que haría posible la aceptación social de los okupas. Claro que esto probablemente implicaría la extinción de semejante especie. Cosa que probablemente, algunos grupos ecologistas, a quienes los okupas suelen proporcionar casa y cuartel con cierta asiduidad no permitirían.


Sigue Aritz diciendo :


No faltan, desgraciadamente, casos en los que el dueño decida que se niega a darle ese uso a su propiedad.

Una vez más, tengo que coincidir con Aritz en que no deja de ser una desgracia “que el dueño decida que se niega a darle ese uso a la propiedad”. Ciertamente constituye un día desgraciado, para el propietario, aquel en que un grupo de okupas ponen los ojos en su propiedad y deciden okuparla. A partir de ahí tendrá que sufrir todo un calvario judicial para recuperar el inmueble okupado, con la casi segura probabilidad de no recibir indemnización alguna por el expolio, ni por los gastos judiciales necesarios para su recuperación.


Añade Aritz a continuación :


Puede suceder porque los okupas midieron mal la presencia o actitud del propietario o porque, como desgraciadamente pasa a veces, decidieron que no tenía derecho sobre el inmueble por tenerlo deshabitado. Es aquí cuando suele entrar en juego la policía, la violencia, etc. ya que el movimiento okupa, en general (no olvidemos que es un movimiento heterogéneo donde podemos encontrar todo tipo de ideologías de izquierdas ), es contrario a los derechos de propiedad especialmente cuando se trata de inmuebles desocupados. Aquí no queda más que darle la razón al dueño, especialmente teniendo en cuenta la cantidad de inmuebles que podemos encontrar por ahí en los que se podra poner en práctica la okupación de una forma pacfica.



He de reconocer que este párrafo me desconcierta, en cuanto pone patas arriba el famoso punto central del pensamiento okupa resumido mas arriba consistente en que ” un bien inmueble desocupado es susceptible de ser apropiado con todo derecho por alguien que no disponga de un espacio propio”. Si el movimiento okupa, es un movimiento de izquierdas contrario al Derecho de propiedad, como puede considerar como punto central de su pensamiento el derecho de apropiación de bienes inmuebles "desocupados"? ¿ O acaso solo reconocen el Derecho de apropiación de bienes inmuebles a aquellos que como dice "no dispongan de un espacio propio" ?
Y como cuadra todo ello, con el hecho de dar la razón al dueño, en los casos en que muestra su oposición a la okupación. Y más aún; si como dice Aritz, el dueño tiene razón sobre los okupas cuendo se opone a la okupación, ¿Cómo se entiende que la mayoría de los okupas se resistan a ser desalojados hasta el último momento, e incluso despues de desalojados se manifiesten públicamente contra los desalojos?


Otro caso muy curioso es el de los edificios públicos o los que son cesiones estatales a dueños privados. Quien es el legítimo propietario en estos casos? Desde luego el Estado no puede ser propietario legítimo de nada y, en consecuencia, las cesiones tampoco son legítimas. La propiedad es, pues, de todos los contribuyentes. Parece complicado repartir un inmueble entre varios millones de personas, o darles a todos minitítulos de propiedad. Aunque será lo más justo, en la mayoría de los casos necesitaríamos un procedimiento más sencillo. ¿Quién mejor para poseer un bien que quien lo ocupa, gestiona y restaura? La okupación de edificios públicos abandonados está también, en mi opinión, perfectamente legimitimada.

Resulta difícil decir mayor sarta de barbaridades en tan pocas palabras. Según esta alambicada y enjundiosa digresión, como “el Estado no puede ser propietario legítimo de nada”, la okupación de un bien, cuya propiedad es “de todos los contribuyentes”, (según las propias palabras de esta lumbrera) estaría “perfectamente legitimada”, en cuanto implicaría un procedimiento más sencillo de reparto de esa propiedad.

Para ver como ha llegado a semejante conclusión analicemos las falacias en que se asienta su proceso deductivo.

1º.- “El estado no puede ser propietario legítimo de nada”

El okupa Aritz no dice sobre cómo llega a tan dogmática conclusión, que presenta más como un axioma, evidente por sí mismo, que como un producto del razonamiento.

Podríamos coincidir, con semejante afirmación si la base de la misma fuese la observación de la naturaleza. Pues ni el Estado ni la propiedad existen en la naturaleza. Claro, que existen otras realidades además de las naturales. Aunque los anarquistas no los reconozcan, tanto el Estado como la propiedad, constituyen “artificios” humanos y por ello son realidades "artificiales".
Ambos son pues un producto del entendimiento y de la voluntad humanos, y más concretamente realidades sociales, políticas y jurídicas, en cuanto implican un grupo social determinado, la nación; un poder político organizado en forma de Estado, al que se atribuye personalidad jurídica; y un Derecho emanado de aquel, a través de sus órganos competentes, que establece las normas de convivencia.

Por tanto, el Estado existe y se constituye en los regímenes democráticos mediante el consenso social, fuente de la legitimidad de una Constitución que recoge las normas fundamentales de organización y convivencia de ese grupo y del territorio donde habita y de sus relaciones con otros y que constituye a su vez la fuente de todas las restantes normas en cuanto Ley de leyes.

Legitimado el Estado mediante la Constitución y reconocido igualmente por la misma, el derecho de propiedad , nada hay que niegue legitimidad al Estado, personificado a través de sus respectivos órganos administrativos, para ser propietario de bienes inmuebles, en la forma que establezcan las leyes. ¿Cual es entonces la razón para afirmar, que “ el Estado no puede ser propietario legítimo de nada“ ?. Ciertamnte desconozco la respuesta. El okupa Aritz tiene la palabra.

2º.- La propiedad de los edificios públicos - o los que son cesiones a dueños privados (sic) – “es de todos los contribuyentes”.


Partiendo del mencionado axioma de que el Estado no puede ser propietario legítimo de nada, concluye, mediante otra rotunda afirmación axiomática, en atribuir la propiedad de los edificios públicos a “todos los contribuyentes”.

Dejando aparte el desconocido mecanismo que le permite hacer semejante afirmación, atribuir a “todos los contribuyentes” la propiedad de los edificios públicos, sean o no cedidos a ”dueños privados”, resulta, cuando menos problemático, en cuanto el Estado es algo más que una simple comunidad de bienes .

El término contribuyentes, es más amplio que el de nacionales, puesto que, contribuyentes son incluso los extranjeros no residentes, que nos visitan como turistas, y pagan los correspondientes impuestos por bienes que adquieren o los servicios que reciben. Pero también lo son, incluso, aquellos que además de no contribuir con su trabajo a la producción de bienes y servicios, además detraen recursos; ya sean estsos privados o públicos: Caso, por ejemplo de mendigos que viven de la caridad y de determinadas prestaciones sociales o los delincuentes habituales contra la propiedad; sin distinción en ambos casos entre nacionales o extranjeros. Y aunque semejante afirmación pudiera parecer un disparate debe tenerse en cuenta que tales individuos se convierten en contribuyentes, en el momento en que, con lo obtenido mediante su tan lucrativa como improductiva actividad , adquieran en el mercado algún producto de consumo o reciban cualquier servicio gravados con cualquier impuesto indirecto.

Sin entrar en más complejidades, puede verse con estos simples ejemplos, que atribuir, a “todos los contribuyentes”, la propiedad de los edificios públicos, no parece una medida razonable, ni justa. Con independencia que tampoco lo sea jurídicamente fundada.

3º.- De los dos “axiomas” anteriores y de las dificultades para atribuir a cada concreto contribuyente la parte que supuestamente le correspondería sobre la masa de bienes públicos “abandonados”, le sirvan al okupa Aritz para legitimar la okupación de los mismos, por el primero que los okupe restaure y gestione.
La primera contradicción que se aprecia en esta conclusión es que si, como dice el okupa Aritz en su premisa básica ,"El Estado no puede ser propietario legítimo de nada", y los edificios privados se definen como aquellos de no son de propiedad pública, por definición no podrían existir los edificios públicos. ¿como se entiende que hable existencia de "edificios públicos abandonados" a que alude en su último párrafo para entender como legitima su okupación. Si el Estado no puede ser propietario legítimo de nada definición. La cuadratura del círculo parece ser cosa menos al lado de semejante incongruencia.

Por ora parte, la teoría de Aritz, olvida que, ya sean públicos o privados, el hecho de que existan inmuebles deshabitados, o en desuso, conceptos distintos del concepto de “abandonados”, tan querido por los okupas, se debe a que la mayoría de las personas, no okupas, entienden y respetan esas propiedades como ajenas y que si la mentalidad okupa se generalizase, habría tiros por okupar, restaurar y gestionar, antes que nadie, esos inmuebles a que el okupa Aritz se refiere como “abandonados” .

Continúa Aritz:

Una vez establecido que en muchos casos la okupación no crea problemas con los derechos de propiedad, el aserto del artículo del IJM de que los okupas “se creen con el derecho a tener lo que desean, pero no aceptan sacrificarse y trabajar para conseguirlo” pierde toda credibilidad.

Nuevamente el okupa Aritz vuelve a su pensamiento circular y onanístico afirmando sobre la base de las barbaridades anteriores, que “en muchos casos la okupación no crea problemas con los derechos de propiedad”.

La okupación, que por definición siempre es impuesta al propietario, (pues en otro caso estamos ante otro hecho distinto), siempre crea problemas a los propietarios. Y si no que se lo pregunten a estos.

Sigue diciendo el okupa Aritz:

De echo, la okupación, si se realiza en estos términos, lo que hace es crear riqueza: ya sea en forma de un bien en el caso del que okupa para vivir o en la forma de una externalidad positiva para toda la comunidad en el caso de los Centros Sociales. Como toda riqueza, sólo puede ser producida por el ingenio empresarial de unos actores, que buscan recursos no explotados para crear bienes que la gente valora positivamente y por la capacidad de trabajo de estos mismos agentes, ahora autoempleados en su propio proyecto.

Ingenio no le falta al okupa Aritz cuando afirma en el colmo de su delirio que la okupación planteada en los términos expuestos constituye una fuente de riqueza. Fuente que mana del “ingenio empresarial” de los okupas “autoempleados en su propio proyecto". Menudo morro.

Esperemos que Zapatero no se entere, porque es capaz de ficharlo como asesor para acabar con el paro y la crisis económica. Justo lo que nos faltaba.

Para ser exactos, mas que una fuente de riqueza, la okupación constituye un trasvase de esta, desde los propietarios, que la han adquirido con su esfuerzo y sacrificio previo, hacia los okupas que, a título gratuito y sin permiso del propietario, la aprovechan o explotan, en beneficio propio y de su ideología, sin el esfuerzo previo necesario para su adquisición.

Y concluye el ingenioso okup Aritz resumiendo el punto central del pensamiento okupa al decir :

La relación del movimiento okupa con los derechos de propiedad es bastante curiosa. El punto central del pensamiento okupa puede resumirse como que un bien inmueble desocupado es susceptible de ser apropiado con todo derecho por alguien que no disponga de un espacio propio. ésto está bastante lejos de caraduras varios que se apropian de una casa o edificio que está siendo usado y se mantienen en el lugar por la fuerza.

Como colofón a tanta simplificación y contradicción y confusiòn terminológica, el punto central del pensamiento okupa resulta bastante confuso, si nos atenemos a las propias palabras del okupa Aritz .

Si con la imprecisa expresión “inmueble desocupado”, quiere referirse a inmueble “abandonado”, hemos de remitirnos a lo ya expuesto anteriormente respecto a los inmuebles abandonados. Si por el contrario al decir “desocupado”, se refiere simplemente a "no ocupado", está creando un concepto jurídico nuevo, difuso y confuso, no contemplado por nuestras normas civiles, y por tanto, carente de valor normativo alguno.

Por otra parte al utilizar contundentemente el verbo “ser” en tiempo presente en lugar hacerlo en condicional, cuando afirma que “un bien inmueble desocupado es susceptible de ser apropiado con todo derecho, por alguien que no disponga de un espacio propio”, podría confundir a potenciales y ansiosos okupas con un nivel de conocimientos jurídicos tan bajo como el suyo e inducirles a cometer un delito de usurpación.

Resulta interesante comprobar cómo el okupa Aritz quien, como tal, no debería reconocer el derecho de propiedad privada, reconoce en cambio la susceptibilidad de que un “bien inmueble desocupado”, pueda ser “apropiado con todo derecho”. ¿En que quedamos? ¿Derogamos la propiedad en general, o solamente cuando esta es ajena?

La última parte del punto central del pensamiento okupa, según este meritorio apostol okupa, tampoco tiene desperdicio. En cuqnto, afirmar, sin despeinarse la cresta, que el sujeto de ese supuesto derecho de apropiación de inmuebles desocupados, ha de ser solamente “alguien que no disponga de un espacio propio”, no deja de tener su mérito.

¿No quedamos en que los okupas no reconocían la propiedad privada? ¿Qué es, entonces, eso de un espacio ”propio“ ?


Más aún. ¿Qué es eso de “un espacio"? Cuales habrían de ser las características del mismo ¿Terrestre, aéreo, abierto, cerrado? ¿De qué dimensiones? ¿Localizado donde? ¿En cualquier país?, ¿En el ámbito urbano, rural, playa? ....

Finalmente, como el okupa Aritz, no parece estar muy convencido de que los pobres mortales hayamos podido entender con suficiente claridad que es la okupación, según su particular evangelio, nos complementa su explicación describiéndonos lo que no es okupación : pura cara dura.

Una vez más, en su constante imprecisión califica eufemisticamente como simples “caraduras” a quienes se apropiasen de una casa o edificio que está siendo usado, y se mantienen en el por la fuerza; cuando tales individuos, a imagen y semejanza de los okupas, conforme al Código Penal tienen un nombre específico: delincuentes. Y su delito USURPACION.


martes, 13 de abril de 2010

DOS NOTICIAS ANTIOKUPAS


Dos noticias publicadas en distintos diarios digitales en el día de hoy, relacionadas con la okupación de inmuebles, constituyen dos interesantes ejemplos de cómo puede neutralizarse la actividad de los okupas.

La primera se refiere a una novedosa iniciativa de la Consejería de Cultura de la Comunidad murciana, de la que otras comunidades autónomas tal vez deberían tomar buena nota y la segunda nos informna de un desalojo ejemplar, por su inmediatez, de un edificio okupado, efectuado por los Mossos de Escuadra en Barcelona, con la inestimable ayuda de la colaboración ciudadana.

Los okupas siempre han alardeado como una de sus justificaciones para llevar a efecto sus okupaciones la falta de espacios públicos donde desarrollar sus proyectos supuestamente “artísticos” o “filantrópicos”, ocultando o dejando en segundo plano el lado político y económico de semejantes actos, que constituyen, en realidad, el verdadero eje central de sus okupaciones.

Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, los Okupas, suelen explotar, con gran habilidad , en su propio beneficio, algunas carencias o deficiencias del Sistema para justificar sus acciones, revistiéndolas de una aureola romántica con el fin de ocultar el carácter antijurídico , antisocial y antidemocrático, y alardeando de ofrecer, gratuitamente “erga omnes” , sus “servicios” e instalaciones okupadas, a todo aquel que lo demande, pero ocultando que, en realidad son ellos, y nadie más, quienes filtran , controlan y gestionan tanto los accesos como las actividades a desarrollar, y quienes imponen sus condiciones, como si fuesen auténticos propietarios .

Por eso hay que aplaudir la iniciativa de la Consejería de Cultura de la Comunidad murciana, quien, en colaboración con la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la región , ha decidido subvencionar durante un año el alquiler de los bajos comerciales que se encuentren vacios en el centro de la capital, para cederlos a continuación a los artistas y creadores locales con la finalidad de que puedan transformarlos en sus estudios y talleres de trabajo y llevar a cabo, en los mismos, proyectos artísticos cuyo desarrollo pueda ser accesible al público. Los únicos requisitos serán haber nacido o estar empadronado durante al menos un año en la Región, cumplir con unas normas que ayuden a no perturbar la actividad comercial de la ciudad, trabajar en el local durante al menos seis horas diarias y permitir las visitas de todos los interesados durante al menos tres de ellas. Tal vez demasiadas condiciones para los okupas quienes, no obstante, tendrán una excusa menos para justificar sus actividades ilícitas; pero, al menos, una oportunidad para los artistas que pongan el arte por encima de su ideología.

La segunda noticia, aunque no guarda relación directa con la anterior pone, sin embargo, de manifiesto por donde pasa el camino para reducir a la pura marginalidad estadística, la creciente corriente de okupaciones ilegales. Me refiero al inmediato desalojo y detención de un grupo de cinco okupas que pretendía okupar una vivienda tapiada y que ya había sido asaltada cuatro veces con anterioridad, en la calle Poeta Cabanyes del Poble Sec Barcelonés.

En esta ocasión, la intervención de los vecinos, alertados por los intentos anteriores y por los ruidos producidos por los okupas al intentar hacer un hueco en la fachada unida a la rápida y eficaz actuación de la policía, que llegó antes de que hubiesen consolidado el asalto y cerrado el edificio, impidió consolidar la okupación y permitió el desalojo inmediato y la detención los okupas.

El incidente sirvió para conocer en vivo y en directo como actúan, estos okupas “profesionales”, quienes nunca organizan sus “golpes” aisladamente, sino en manada, como los lobos; repartiéndose el trabajo sucio entre los integrantes del amplio grupo que normalmente está detrás de cada sus acciones, todos los cuales se beneficiarán, explotando posteriormente de forma conjunta edificio okupado.

A pesar de producirse el hecho a primera hora de la mañana, los okupas asaltantes, lograron reunir a un numeroso grupo de cómplices okupas aulladores, apoyándoles, para obstruir la labor policial, provocando a los policías y buscando una reacción violenta que les permita justificar su habitual victimismo, e intentando impedir el desalojo o al menos preparar la posterior estrategia de defensa judicial, alegando cualquier tipo de irregularidad legal en la actuación policial .

Hechos como el mencionado no son para tirar voladores, en cuanto que las ridículas penas de multa que impone nuestro código penal, atenuadas por el grado de ejecución de la acción, que con toda probabilidad será rebajado por el juez a tentativa, y por la más que probable falta de identificación en las cuatro tentativas anteriores, de los okupas ahora detenidos, que no permitirá aplicar la agravante de reincidencia, no impedirá que los okupas se rían de la Justicia, una vez mas o que alguno de sus cómplices vuelvan a intentar de nuevo la okupación . Sin embargo sí marcan alguno de los pasos del camino que deberían seguirse para reducir las okupaciones ilegales de inmuebles, como son la necesaria colaboración ciudadana y la inmediatez de la eficaz acción policial.

Junto a esos necesarios pasos, les corresponde a los políticos aprovechar la reforma del Código Penal que están tramitando actualmente en la Comisión de Justicia de Congreso de los diputados Cortes, para modificar el delito de usurpación y sus ridículas penas, y a los fiscales y jueces agilizar los procesos y especialmente la ejecución de la medida cautelar de desalojo, en aquellos casos en que existan claros indicios racionales de criminalidad en el acto de okupación, por carecer los okupas de título alguno que justifique su okupación.
Sea como sea, ambas noticias parecen constituir un leve síntoma de que algo podría estar empezando a moverse en el panorama nacional con el fin de neutralizar la ubicua y creciente actividad okupa. Esperemos que no se trate solo de un fugaz espejismo y que pronto podamos ver nuevos pasos en la misma dirección.

viernes, 9 de abril de 2010

¿OKUPAS ANTIESPECULADORES O SIMPLES PROVOCADORES Y REVOLTOSOS ORGANIZADOS?

Cada día está más claro que los okupas, ni son luchadores contra la especulación urbanística ni les importa un higo el derecho a la vivienda digna. Estas no son más que algunas de las toscas coartadas que esgrimen para encubrir su verdadera y vergonzante patología social: El infantilismo que supone no respetar las leyes ni las decisiones judiciales que contraríen su propia y sacrosanta voluntad.

A los okupas no les basta con no reconocer el derecho de propiedad ajena. Y digo ajena, porque la propia, valga la redundancia, la consideran un derecho aparte y distinto al del común de los mortales. Basta para comprobar esta afirmación ver como se defienden ante el desalojo de los inmuebles que okupan, cuando este es acordado judicialmente. Tanto es así que si Boabdil hubiera dejado la Alhambra en manos de los okupas, tal vez Colón no hubiera descubierto América; España no habría perdido su imperio de ultramar, ni ahora estaríamos preocupados hablando de la Alianza de Civilizaciones o de la reivindicación de Al-Andalus por Ben Laden. Y dicho sea de paso, tal vez esa sea una de las razones por las que, algunos políticos “conservacionistas” se empeñan en preservar a estos especímenes, del peligro de extinción.

Decía que a los okupas no les basta con no reconocer un derecho como el de propiedad, tan antiguo como la propia humanidad, sino que tampoco reconocen aquellas leyes que les incomodan ni, por tanto,las decisiones de los jueces que las aplican. Estos dictadorzuelos “anarcomunistas” que van por la calle con sus grafitis marcando inmuebles deshabitados, en clara imitación del “exprópiese” , “exprópiese” del “democrático” dictador venezolano , no les basta con no respetar la propiedad ajena, sino que crecidos por su impunidad, se ciscan en legisladores, jueces , policías o cualquiera que pretenda contradecir sus ideas o hacer frente a sus ilegales actos.

No es la primera vez , que tras el correspondiente proceso judicial y tras la correspondiente orden de desalojo del inmueble okupado, decretada por un juez, desobedecen dicha orden, resistiendo a los agentes que la ejecutan, amparándose para ello, tanto en el abultado número de okupantes como en el coro de “hinchas” que los jalean desde el exterior y en la amplia red que los protege a todos ellos.

Y no contentos con resistir, in situ, una vez desalojados, tienen por fea costumbre organizar provocadores “pasacalles” más o menos violentos y casi nunca autorizados, para protestar por desalojos realizados con todas las garantías legales y una gran dosis de paciencia por parte de la policía , para evitar males mayores.

En uno de estos “pasacalles” no autorizados, celebrado en Barcelona, el 20 de mayo de 2006 uno de los okupas encapuchados intervinientes en la misma, agredió brutalmente a un agente que en el ejercicio legítimo de su deber intervenía en la disolución de la banda de okupas que, no habituados a pedir permiso para invadir propiedades okupaba, ilegalmente la vía pública, rompiéndole las narices de fuerte golpe.

Tras el juicio celebrado con todas las garantías, el okupa agresor, fue condenado a tres años de cárcel, por delito de atentado.

Una vez más, lejos de acatar o recurrir la sentencia como hace el común de los mortales, algunos miembros de la “tribu okupa” ávidos de notoriedad, y en su afán de provocar y crear ocasiones que les permitan prolongar en el tiempo sus protestas victimistas, han decidido protestar contra la sentencia cortando el tráfico en la vía pública hasta en tres ocasiones, por el momento. La última de ellas utilizando el típico procedimiento okupa, de encadenarse a un bidón lastrado con cemento, interrumpiendo el tráfico durante dos horas, y violando con ello el derecho a la libre circulación de los usuarios de la misma.

A diferencia de las ocasiones anteriores, en esta última ocasión, fueron detenidos los autores directos de dicha acción, por un supuesto delito de desórdenes públicos.

Semejantes actos de interrupción de las vías públicas podrían ser tipificados, bien como un delito contra la Seguridad vial del artículo 385.1 del Código Penal, o como un delito de desórdenes públicos del artículo 557.1; en cuanto el primero sanciona con pena de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días al que originare un grave riesgo para la circulación, “colocando en la vía obstáculos imprevisibles ….”, y el segundo sanciona con pena de prisión de seis meses a tres años a los que actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, alteren el orden público….. “obstaculizando las vías públicas o los accesos a las mismas de manera peligrosa para los que por ella circulen…. “

Sin embargo, es más que probable que tales actos queden impunes, rebajados a la categoría de falta administrativa sancionable con multa, de la que unos okupas, probablemente insolventes se reirán una vez más. Y es que los okupas, lejos de ser unos ingenuos románticos constituyen un cínico y organizado movimiento, perfectamente asesorado por agitadores políticos y leguleyos de medio pelo, que han aprendido a moverse, como pez en el agua en los márgenes de la ley y a través de los agujeros de la misma, que los políticos oficiales, por extrañas razónes se niegan a cerrar.

Y entre tanto, ¿quién pagará el despliegue policial y las molestias a los usuarios de la calzada?
Los okupas seguro que no.

Ahora, los okupas, acostumbrados, como niños pequeños, a no pagar por sus actos y a monopolizar el victimismo, junto a la campaña de protestas, de las que los cortes de vías públicas son solo una muestra, que seguramente continuará en el futuro, están movilizando a sus activas huestes para solicitar el indulto del condenado, pretendiendo que la pena ha sido excesiva, que el agresor era poco menos que un santo varón, que solo se defendió de la agresión policial y que el agredido una máquina de reprimir angelitos.

Teniendo en cuenta la impunidad con que habitualmente actúa el movimiento okupa y su sistemática forma de infringir normas administrativas o penales, aprovechando el anonimato del grupo y la utilización de diveros medios y técnicas para evitar las identificaciones, resultaría un sarcasmo hacia los Cuerpos de Seguridad otorgar el indulto, cuando, la agresión ha sido gratuita y no ha habido arrepentimiento alguno ni por el condenado ni por el movimiento okupa que lo defiende, quien, por el contario continúa reivindicando su libertad, una vez más, mediante actos de carácter ilícito.

Una vez más resulta curioso observar como quienes se declaran anarquistas antisistema agotan todos los recursos legales, para librarse de las penas a que son condenados por sus delitos. Y todo ello, sin renunciar a sus ilegales métodos supuestamente reivindicativos, en un continuo uso y abuso de las leyes.

jueves, 1 de abril de 2010

OKUPAS : LA HISTORIA INTERMINABLE

En una anterior entrada de este Blog, nos hacíamos eco de la abrakadabrante situación de un inmueble okupado en la calle del Carmé 39 en el barcelonés barrio del Raval, tomado por un nutrido grupode jóvenes magrebíes, que no conformes con usurpar la propiedad y aprovechando la benevolencia de nuestras leyes penales y administrativas y la parsimonia de nuestros juzgados para adoptar las necesarias resoluciones, se dedicaban a robar a los vecinos, y a ocasionar múltiples problemas de convivencia, hasta que un incendio provocado, motivó una intervención judicial que aceleró su desalojo.

Sin embargo, el desalojo tampoco devolvió definitivamente el inmueble al propietario, ni la paz a los vecinos durante mucho tiempo; ya que a los pocos días los okupas marroquiés desalojados fueron inmediantamente sustituidos por otro grupo de okupas, esta vez subsaharianos, que continuaron con sus actividades delictivas como, robos, prostitución, tráfico y consumo de drogas, continuas peleas entre si etc. creando, de nuevo, serios problemas de convivencia a los vecinos.

El pasado día 22 de marzo en ese mismo escenario, se produjo una reyerta con armas blancas al parecer relacionada con okupantes del edificio, resultando heridos tanto los intervinientes como un tercero que intentó mediar. Tras la identificación y detención de los agresores, la okupación del edificio se mantuvo, como si nada hubiera ocurrido y sin sobresalto judiicial alguno para los okupas.

El día 29 volvió a repetirse otra agresión con arma blanca, tambien producida, al parecer, en uno de los pisos de la primera planta del edificio, por okupantes del mismo . En esta ocasión, por suerte para el propietario, hubo un muerto; y como consecuencia de esta muerte el juzgado, despertó de su letargo, se puso las pilas y aceleró la parsimoniosa tramitación del desalojo del piso donde, al parecer se produjo la agresión, ordenando su precinto y tapiado. Sin embargo el problema lejos de solucionarse definitivamente permanece, en cuanto el desalojo,de momento, no ha afectado a ninguno de los restantes pisos okupados del edificio, donde sus okupantes continúan "viviendo", como si nunca hubiesen roto un plato .

La historia de esta okupación no tiene desperdicio. Según las noticias publicadas en diversos medios, el bloque iba a ser demolido en virtud de un plan urbanístico que mas tarde fué modificado. Hace dos años, el propietario solicitó al Ayuntamiento de Barcelona, una licencia de obras para acometer una rehabilitación integral en la finca con la intención de poner los pisos en alquiler. Sin embargo, tras dos años después de haber solicitado la licencia, esta le fué concedida, a toda prisa, la pasada semana. Entre tanto la finca fué okupada y desokupada varias veces por los juzgados. el último desalojo previo al que ahora ha tenido lugar se produjo tras un incendio en uno de los pisos, en el més de enero de este año, al parecer provocado por los okupas; Desalojo, que fué seguido, inmediatamente, por una nueva okupación de los actuales okupas subsaharianos. Sin embargo, y a pesar de éste último desalojo producido tras la muerte, mientras el juzgado competente no se pronuncie sobre los desahucios de los restantes pisos, las obras de rehabilitación seguirán paralizadas a la espera de los mismos. Para entonces es muy posible que nuevos okupas hayan vuelto a okupar el piso ahora desalojado, volviendo a empezar la que parece una historia interminable para el propietario y los sufridos vecinos.

Con todo no ha sido el único muerto que, en los últimos días ha tenido por escenario, aunque, al parecer por distintas causas una vivienda okupada. Así, el mismo día 29 de marzo se producía otra muerte de una okupa, al caer, según parece, por un hueco de la casa donde vivía con otros okupas y que se encontraba en estado de deterioro. En este caso debido a lo escueto de la noticia que ha tenido escasa repercusión en los medios, no ha sido posible conocer los detalles de la okupación, de las concretas circunstancias de la muerte, ni de si el inmueble ha sido desalojado tras dicho hecho. Puede verse la información publicada aquí. (1)

Sea como sea mal anda nuestra Justicia, cuando necesita un muerto sobre la mesa del forense, para acordar el inmediato desalojo de un inmueble okupado en el que concurren las circunstancias descritas.

Sr. Ministro de Justicia. Señoras y Señores diputados. Miembros y miembras del Goibierno ¿ No les parece que hechos como los aquí descritos hacen necesaria una amplia reforma legislativa que impida que hechos semejantes se prodiguen ?

Si es así, dejen de mirar para otro lado y aprovechen la reforma del Código Penal que en estos momentos se traen entre manos. Para eso cobran su sueldo.
(1) Aquí puede verse el recorrido posterior de esta noticia.