sábado, 22 de mayo de 2010

EL SILENCIO DE LOS CORDEROS ( Parte segunda )



En una entrada anterior hacíamos referencia a una diferencia sustancial entre los actos de okupación ilegal de inmuebles promovidos por el movimiento okupa y los de defensa de los propietarios contra dichos actos, consistente en que mientras los primeros se producen en medio del ruido de la propaganda y los apoyos de numerosos grupúsculos organizados que actúan como interesados corifeos, la defensa de los propietarios contra tales actos tiene lugar en silencio y en la mas triste soledad institucional , mediática política y económica.

En este sentido resulta sorprendente que de las múltiples instituciones relacionadas en algún modo con la propiedad inmobiliaria y que en muchas ocasiones se manifiestan públicamente respecto a diversas cuestiones implicadas en dicho tipo de propiedad, rara vez, por no decir nunca, han cuestionado públicamente el fenómeno okupa, ni denunciando la usurpación como forma de acción propia del mismo . Me refiero a Ayuntamientos, que gestionan impuestos como el IBI, Plusvalía, ICIO o la tasas por licencias urbanísticas; Comunidades autónomas, que gestionan los impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados; Administración estatal , que gestiona el IVA que afecta a las primeras transmisiones de inmuebles; Colegios de Notarios o Registradores de la Propiedad ; de Arquitectos; de Administradores de Fincas; de agentes de la propiedad inmobiliaria; Cámaras de la Propiedad Urbana. O incluso a la misma institución del Defensor del Pueblo . Y en cuanto a los partidos políticos, solo en casos muy puntuales se han pronunciado al respecto, tanto a favor como en contra de las okupaciones, dependiendo de sus respectivas ideologías; pero rara vez lo han hecho con caracter general, afrontando seriamente el problema desde todos sus ángulos, y especialmente, en defensa del Derecho de propiedad, aún cuando solo fuera por constituir este una importante fuente de ingresos públicos.

Mientras la actitud de los okupas ha sido ostentosa y vociferente, la de las víctimas de los Okupas ha sido, hasta ahora, silenciosa, mansa y resignada ante la inexistencia tanto de asociaciones de carácter privado o de instituciones públicas que específicamente velen por los derechos e intereses del propietario inmobiliario , estigmatizado por el clásico y trasnochado estereotipo marxista que asocia a este con la riqueza opulenta, y a esta con el expolio de la "clase trabajadora".

Existen numerosas y crecientes instituciones, asociaciones o servicios, tanto públicos como privados, con o sin ánimo de lucro, defensoras de los mas variados derechos e inter
eses y promovidos tambien desde las mas variadas instancias Políticas, sociales, institucionales e incluso privadas. Así, en el ámbito administrativo existe, a título de ejemplo, un servicio de atención a la mujer maltratada; un Defensor del menor; otro del estudiante universitario; otro del profesor; del ciudadano; del contribuyente. Todo ello sin contar con los distintos defensores del Pueblo ( Europeo; español, de la distintas Comunidades Autónomas, o de los ciudadanos, radicados en muchos ayuntamientos ). Igualmente en el ámbito de las relaciones de consumo, además de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor ( OMIC ) existen asociaciones de consumidores y usuarios, e incluso, dentro de las propias empresas de servicios, existen defensores del cliente; del asegurado, de lector etc. Igualmente existen asociaciones de caracter privado, de defensa de los pacientes; de los animales etc. y hasta de los morosos . Y como no, tambien existen instituciones como los sindicatos, defensores de trabajadores y empresarios y, por cierto, de muchas otras causas, que nada tiene que ver con el trabajo, las empresas, o los servicios .

Sin embargo, salvo algunas asociaciones de propietarios que, en realidad, no son otra cosa que simples comunidades de vecinos para la gestión de urbanizaciones privadas , aún no conozco ningun organismo oficial, institución o incluso asociación privada que defienda específicamente el Derecho de propiedad inmobiliaria de los ataques que en variadas formas sufre, y en particular que lo defienda de esta nueva "mafia" organizada de nuevo cuño, que disfrazada de movimiento político alternativo que se hace llamar "movimiento Okupa"; al amparo de cuya franquicia y con el silencio cómplice de la mayor parte de nuestra clase política, se están incrementando los delitos de usurpación, en nuestro país.

El silencio de las Administraciones públicas, desde alguna de las cuales incluso se ha abogado, en ocasiones, a favor de la causa okupa, pudiera tener relación con el cambio de paradigma que se aprecia en el fenómeno de la okupación de inmuebles, donde hasta los años 80 predominó la ocupación chabolista, de carácter espontáneo, que afectaba principalmente a terrenos de carácter público, para construir infraviviendas sobre los mismos y que, aún manteniéndose en la actualidad , parece haber reducido su incidencia, pasando a ser sustituida por el ideológico movimiento okupa , que suele preferir para sus acciones usurpatorias, no terrenos sin edificar para construir sobre ellos, sino edificios ya construidos y preferentemente de carácter privado a los de pública propiedad .

Otra posible explicación de esta falta de interés de las administraciones por luchar eficazmente contra los movimientos y actos de okupación que atentan contra el derecho de propiedad inmobiliaria, es la utilizacón estratégica de los mismos para los propios fines políticos partidistas, ( los movimientos del "no a la guerra", "Nunca mais" , "papeles para todos" etc. tuvieron gran apoyo de grupos integrados en Centros sociales okupados -CESOAs- ) al tiempo que se canalizan sus radicales reivindicaciones hacia etéreos objetivos políticos ( los especuladores inmobiliarios) manteniéndolos alejados de los centros de poder político establecido.

Una tercera explicación de la inacción política contra las okupaciones , tendría que ver, probablemente con las deficiencias de las políticas de vivienda social de las distintas administraciones, ante cuya insuficiencia, la okupación serviría de válvula de escape, que evitaría que el problema social de la falta de vivienda les estallara en sus mismas narices.

Sea como sea lo cierto es que los únicos organismos de carácter público que con anterioridad a la entrada en vigor de la Constitución Española velaban por los intereses de los propietarios de fincas urbanas, han sido abolidos . Me refiero a las las denominadas Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana; Corporaciones de Derecho Público, de adscripción obligatoria, que creadas por Decreto de 16 de junio de 1907 para fomentar los intereses de la propiedad urbana, y tras sucesivas modificaciones, fueron suprimidas, finalmente, como tales, por Real Decreto-ley 8/1994, de 5 de agosto que facultaba al Gobierno, para que mediante Real Decreto estableciese el régimen y destino del patrimonio y personal de las mismas . La constitucionalidad de la supresión de las Cámaras de la Propiedad Urbana como Corporaciones de Derecho Público, fue finalmente avalada por el Tribunal Constitucional en Sentencia 11/2002, de 17 de enero.

La Administración del Estado ha traspasado sus competencias en relación con las Cámaras oficiales de la propiedad urbana a las Comunidades autónomas, y dejando con ello a las mismas facultad de actuación para dotar a las organizaciones de propietarios de fincas urbanas, del régimen jurídico que consideren procedente, con el solo límite de que dicho régimen no sea el de las Corporaciones de Derecho Público. Ello ha dado lugar a una dispersa e irregular distribución de las Cámaras o asociaciones de propietarios, abandonadas a la iniciativa privada , dependiendo de cada Comunidad Autónoma; constituyéndose las actualmente existentes, en Castilla León, ( Leon , Salamanca ) Cataluña ( Barcelona , Reus) y País Vasco, ( Alava y Vizcaya ) Madrid y Andalucía ( Sevilla ) como asociaciones privadas de interés social . Para ofrecer mejores servicios a sus asociados y ampliar el ámbito territorial de cobertura de sus servidios, algunas Cámaras han firmado un convenio de reciprocidad, si bien hasta el momento ninguna de las Cámaras, que ofrecen principalmente servicios de asesoría legal o técnica , han realizado actuación alguna conocida, en relación con el problema de las okupaciones ilegales de inmuebles, ni se han pronunciado públicamente respecto al mismo .

En enero de 2007, con motivo de la "fiebre" de ocupaciones sufridas en Barcelona, y tras las declaraciones de la Ex-Ministra de Vivienda Trujillo y la Ex-Teniente de alcalde de Barcelona Inma Mayol, justificando las okupaciones y abogando la segunda por la despenalización del delito de usurpación, el Partido Popular de Barcelona, por boca de su portavoz, Fernández Diaz., ha propuesto la creación de una oficina antiokupas, con la finalidad de asesorar a los propietarios afectados, y canalizar todas las denuncias sobre viviendas y locales okupados, así como las relacionadas con las molestias producidas por fiestas, ruidos y consumo de alcohol . Dicha oficina coordinaría, asimismo las políticas públicas para intentar poner fin al fenómeno okupa, elaborando un censo y un mapa actualizado sobre inmuebles okupados, si bien ,circunscrito al ámbito de la ciudad de Barcelona .

Esta propuesta del Partido Popular, limitada a la ciudad de Barcelona, y reiterada recientemente , no solo no ha sido atendida por los restantes partidos, sino que tampoco ha sido planteada ni llevada a cabo, que se sepa, en ninguno de los municipios o comunidades autónomas gobernadas por el partido proponente. Lo que parece indicar que, se trata mas de un brindis al sol que una verdadera propuesta hecha con convicción e intención de que sea llevada a efecto .
Frente a este desolador panorama de abandono a su suerte en que se encuentran los titulares del derecho de la propiedad inmlobiliaria frente a okupas o inquilinos morosos, aparecen, en el lado contrario numerosas iniciativas, tanto oficiales como de caracter privado bien para promover, o facilitar la okupación, o bien para proteger al inquilino frente al propietario, considerado, tópicmente, como la gran bestia negra a abatir.
Así podemos ver, en un alarde de desverguenza total por parte del Movimiento Okupa y de "dontancredismo poítico por parte de nuestra clase dirigente , como florecen las llamadas "oficinas de okupación" , instaladas en algunos CSOAs okupados, para asesorar a los aspirantes a okupas, tanto jurídica como técnicamente, sobre la forma de llevar a efecto okupaciones ilegales de inmuebles, con la mayor impunidad y eficacia ( 1 , 2 , 3 ).
Otro colectivo relacionado con la vivienda que resulta oficialmente protegido, frente al propietario es el inqulino, a cuya disposiciòn se ponen medios públicos, como el "teléfono gratuito de ayuda social y juridica al inquilino víctima de acoso inmobiliario"; iniciativa puesta en funcionamiento mediante un convenio firmado por el Ministerio de la Vivienda con diversos ayuntamientos; o la "Oficina Técnica de atención al inquilino en situación de abuso", del Ayuntamiento de Sevilla , o la Oficina dependiente de la sociedad muicipal Zaragoza Vivienda, recientemente creada en la ciudad del mismo nombre, con el idéntico fin que la anterior.
De esta forma, mientras el propietario okupado o acreedor, contribuye con los impuestos que recaen sobre su propiedad inmobiliaria, a financiar una parte de los beneficios ( Oficinas de asesoramiento o mediación, subvenciones o deducciones por alquiler, justicia gratuita etc) que reciben okupas o inquilinos morosos, solo recibe del Estado la genérica , tardía , insuficiente y costosa protección judicial frente a las acciones de okupas o inquilinos morosos. Por contra, estos se benefician de la exasperante lentitud judicial, y de una legislación que los protege, hasta que se produce su desalojo judicial, teniendo a su disposición, mientras tanto, toda clase de beneficios derivados de su condición de insolventes (Abogados de oficio; impago de imdemnizaciones por responsabilidades civiles o costas procesales) ; incluida la libertad para volver a repetir nuevamente la faena.

Bonita, moderna y creativa forma de redistribución de la riqueza.

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