lunes, 21 de septiembre de 2009

NUEVA ESPECIE DE OKUPAS DE CUELLO BLANCO

Los atentados contra el Derecho de propiedad inmobiliaria, se manifiestan de variadas formas, pero ya se trate de propiedades ubicadas en el ciudades o en zonas rurales; en el mar o en la montaña; ya provengan los ataques de la iniciativa privada okupa, organizada en “bandas” con marchamo político-ideológico o actuando de forma individual y por libre ; o bien provengan directamente de las distintas Administraciones Públicas, casi todos tienen unos elementos en común: El ataque a la buena fe de los propietarios, y la ineficacia de nuestras leyes e instituciones para proteger debidamente a aquellos.

Si en entradas anteriores mencionábamos las agresiones que, con la ley en la mano, estaban realizando los llamados “okupas de cuello blanco”, contra muchas de las propiedades inmobiliarias legalmente construidas, ubicadas en las primera línea de nuestras costas marítimas y la lucha que contra ello estaban realizando los afectados a través, entre otras, de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, en esta ocasión tratamos de los ataques contra la propiedad, que otra variedad de la misma especie está llevando a cabo contra indefensos amantes de la vida en nuestros campos y montañas, que atraídos por los cantos de sirena de nuestra tradicional hospitalidad y buen vivir, decidieron un mal día invertir sus ahorros en una casita en la comarca de la Axarquía Malagueña.

Resulta indiscutible que una de las características básicas propias de toda ley, la generalidad, implica la obligación de conocimiento de la misma por todos aquellos incluidos en su ámbito de aplicación, así como de soportar sus efectos y consecuencias, sin excepción. Lo contrario nos retrotraería al medieval concepto del privilegio y resultaría contrario al vigente principio de igualdad ante la Ley reconocido en el artículo 14 de nuestra Constitución.

Ahora bien junto al principio de Generalidad, recogido en el artículo 9.1 de nuestra Constitución, al someter a esta, así como al resto del Ordenamiento Jurídico tanto a los ciudadanos, como a los poderes públicos, la Constitución garantiza, igualmente, el Derecho a la Seguridad Jurídica, y nuestro Código Civil reconoce expresamente en su artículo 7.1 el Principio de Buena fe; Principio General del Derecho conforme al cual deberán ejercitarse los derechos, al tiempo que , con arreglo al artículo 1.3 del citado Código deberá informar el ordenamiento jurídico.

Pues bien, aunque de acuerdo con la normativa urbanística aprobada por la Junta de Andalucía, ( LOUA - POTA - POTAX ) resultaría ajustado a Derecho, por ilegales, el derribo de un gran número de casas construidas o adquiridas por extranjeros- en su mayoría ingleses y de otros países de la CEE- en zonas rurales y de montaña de diversos pueblos de la Comarca de la Axarquía malagueña, el hecho de que los propietarios sean extranjeros atraídos por la propaganda turística oficial, desconocedores de la lengua, del terreno y de la compleja normativa urbanística, unido a que en la mayoría de los casos dichas casas fueron construidas por los propios compradores del terreno con proyectos visados por el colegio de Arquitectos y con las correspondientes licencias Municipales de edificación, o compradas directamente de otros propietarios españoles o extranjeros, sin que existiese ninguna inscripción registral que alertase de su ilegalidad, convierte a la mayoría de estos propietarios en víctimas de nuestros políticos; de sus confusas leyes; de sus connivencias ; de sus enredos y desidias administrativas; de sus enfrentamientos políticos e institucionales, y también en muchos casos, de sus sonadas o silenciadas corrupciones.

Hemos podido verlo claramente en Marbella, donde finalmente, ante la descomunal magnitud del desaguisado urbanístico; su trascendencia internacional; la evidente "culpa in vigilando" de los Órganos competentes de la Junta de Andalucía junto alguna otra razón, probablemente menos confesable, parece que finalmente va a tener un final feliz para una inmensa mayoría de propietarios, al proceder el nuevo PGOU a la legalización de la mayoría de las edificaciones ilegales, con escasas excepciones.

Los propietarios extranjeros de viviendas unifamiliares ilegales en la comarca de la Axarquía no parecen, sin embargo, estar recibiendo la misma atención, por parte de las Administraciones Públicas, que la que han recibido los ilegales de Marbella. Las razones son fácilmente adivinables . Son mayoritariamente extranjeros; y como tales, aún cuando muchos de ellos sean residentes, carecen de derecho al voto, en las elecciones generales y autonómicas; constituyen un exiguo número si lo comparamos con los afectados de Marbella ; al tratarse de núcleos rurales dispersos, se encuentran socialmente desconectados unos de otros con lo que resulta mas difícil su organización y comunicación, al mismo tiempo que dificulta la visibilidad de su fuerza en manifestaciones y actuaciones públicas semejantes; En su mayoría se trata de jubilados o personas de clase media y no de grandes inversores, poderosos magnates o archí-conocidos mangantes, con influencias.

A pesar de ello, han logrado constituir una pequeña Asociación de afectados, denominada “Save our homes Axarquía” desde la que están luchando por conseguir un trato semejante al obtenido por el Ayuntamiento de Marbella

Esperemos que lo consigan, ya que la inmensa mayoría de estos propietarios, son auténticas víctimas , de una variante genética de “okupas de cuello blanco” y por tanto no merecedores del mal trago que están pasando defendiendo sus propiedades adquiridas o construidas de buena fe.

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