En algunas entradas anteriores, ( 1 , 2, 3, 4, 5 )he planteado la problemática jurídica que rodea a las okupaciones de inmuebles y las razones por las cuales estas se producen, en la mayoría de los casos, con una intolerable dosis de abuso del derecho por parte de los okupas que se acogen a una legislación y a un sistema judicial que favorece su ilegal actividad, en detrimento de las víctimas.
La noticia que en distintos artículos periodísticos ( 1 , 2 , 3 , 4 , 5 , 6 ) ha venido recogiendo, en los últimos meses, el diario digital "El progreso", viene a confirmar, una vez más, dicha opinión, y a poner de manifiesto como, la combinaciòn de nuestras leyes, junto con una determinada interpretación de las mismas por jueces y fiscales, hacen muy conveniente en los procesos penales por usurpación la personaciòn de la víctima como acusación particular, sino quiere que esa vía se frustre por la incompetencia de unos y otros.
Las mencionadas noticias, cuentan la historia de un matrimonio de 78 y 72 años respectivamente que hace unos veinte años compraron una casa en el número 226 de la calle Lamas de Prado, en la ciudad de Lugo, consistente en bajo más una planta y desván, que utilizaban para pasar el verano, puesto que residían habitualmente en León donde el propietario había trabajado anteriormente como minero.
En noviembre del pasado año 2009, el matrimonio se marchó a León y a finales de enero un familiar les avisó de que en su vivienda había personas desconocidas.
La pareja contactó con otros familiares de Lugo que se dirigieron a la Policía y ésta, llegó a desplazarse al inmueble y, según cuenta, a identificar a alguno de sus ocupantes, a principios de febrero.
Pocos días después, los propietarios se desplazaron a Lugo acompañados de su hijo y consiguieron hablar con los inquilinos, una pareja, de etnia gitana, con dos niños pequeños y un adolescente, quienes al ser preguntados por como habían entrado dijeron, que la casa se la había alquilado un señor que habían conocido en un bar y que todavía no les había dado el contrato, pero que ya le habían entregado 300 euros en depósito y otros 300 de alquiler.
El 3 de febrero de 2010, denunciaron ante el Juzgado de Guardia de Lugo la usurpaciòn de su mencionada vivienda, regresando, poco después a su residencia habitual en León, sin personarse posteriormente en la causa con abogado y procurador. Sin embargo, para su sorpresa, cuando, meses mas tarde, acudieron al Juzgado al que el asunto había correspondido por reparto, para informarse sobre la marcha del procedimiento, constataron que, mediante un Auto de fecha 2 de junio de 2010, había sido sobreseido, con el argumento de que, si bien existían datos suficientes para la determinación de la naturaleza de los hechos como delictivos, no había sido posible conocer la identidad de los autores.
En vista del éxito, los propietarios optaron por contratar los servicios de un abogado, quien les recomendó abandonar la vía penal, ante la firmeza de la resolución judicial, debido al tiempo transcurrido sin haber sido recurrida, sugiriéndole que, dado que aún no había trasncurrido un año desde la okupaciòn, iniciase en la vía civil un proceso de desahucio por precario que, por su caracter sumario, consideraba como como la vía más rápida para recuperar la posesión de la vicienda okupada.
Los propietarios acudieron al Diario "El Progreso" a explicar lo ocurrido, y el día 10 de Junio, ese diario, publicaba un artículo con la identidad y fotografía de los okupas, junto a su increible versiòn de los hechos.
Tras esta publicaciòn y según el citado diario, fuentes judiciales explicaron que el sobreseimiento estuvo avalado por el fiscal y motivado porque la Policía informó que los ocupantes habían dicho que tenían un contrato de alquiler. Además apuntaron que se trataba de un sobreseimiento provisional y que ahora, al conocerse la identidad de los okupas, podría reabrirse nuevamente el caso a instancias el fiscal o del perjudicado.
Ahora los propietarios se están planteando la posibilidad de retomar la vía penal e incluso ampliar la denuncia a un supuesto delito de falsedad, para intentar conocer si el contrato a que aluden los "presuntos" okupas, y que fué mostrado a los periodistas del diario "El Progreso", es real, inexistente o falso. Claro que, si tal contrato no hubiera sido, hasta ese momento, aportado a la causa, es muy posible que desaparezca, y con ello el objeto del posible delito de falsedad; Con lo cual solo sería perseguible la usurpación.
La última información publicada por el Diario "El Progreso" dice al respecto que la Fiscalía no solicitó la reapertura de la causa, y que los propietarios, finalmente desistieron de la vía penal, desengañados con el sistema, y aceptaron el consejo de su abogado, de acudir a la vía civil.
Ahora parece que el final del culebrón se acerca. Al parecer los okupas demandados no han comparecido en el juzgado para asistir al juicio de desahucio y aportar el famoso contrato en base al cual han logrado el sobreseimiento de la causa penal y que les ha servido de excusa legal para mantener la posesión del inmueble; Esta incomparecencia permite que, de cumplirse los plazos judiciales, que esa es otra, la notificación de la sentencia debería tener lugar dentro de seis días y la ejecución o lanzamiento en un més.
Sin embargo aún queda el epílogo, consistente en comprobar el estado de la vivienda, y del mobiliario, y la asunciòn de que, debido a la insolvencia de los okupas, los propietarios, como suele ser habbitual, no recibirá, en ningun caso ni un solo euro de indemnizaciòn, ni de los okupas, ni del ineficaz aparato estatal .
Y todo ello, mientras, al parecer, los okupas estaban recibiendo una subvención de 530 Euros de RISGA ( Renta de Inserción Social Gallega ).
Y este es es el calvario por el que habitualmente pasan la mayoría de las victimas de esa moda que, gracias a la pasividad de nuestros políticos, y a la ineficacia de nuestras instituciones judiciales amenaza con quedarse, y que ha dado en llarmarse "okupa".
La noticia que en distintos artículos periodísticos ( 1 , 2 , 3 , 4 , 5 , 6 ) ha venido recogiendo, en los últimos meses, el diario digital "El progreso", viene a confirmar, una vez más, dicha opinión, y a poner de manifiesto como, la combinaciòn de nuestras leyes, junto con una determinada interpretación de las mismas por jueces y fiscales, hacen muy conveniente en los procesos penales por usurpación la personaciòn de la víctima como acusación particular, sino quiere que esa vía se frustre por la incompetencia de unos y otros.
Las mencionadas noticias, cuentan la historia de un matrimonio de 78 y 72 años respectivamente que hace unos veinte años compraron una casa en el número 226 de la calle Lamas de Prado, en la ciudad de Lugo, consistente en bajo más una planta y desván, que utilizaban para pasar el verano, puesto que residían habitualmente en León donde el propietario había trabajado anteriormente como minero.
En noviembre del pasado año 2009, el matrimonio se marchó a León y a finales de enero un familiar les avisó de que en su vivienda había personas desconocidas.
La pareja contactó con otros familiares de Lugo que se dirigieron a la Policía y ésta, llegó a desplazarse al inmueble y, según cuenta, a identificar a alguno de sus ocupantes, a principios de febrero.
Pocos días después, los propietarios se desplazaron a Lugo acompañados de su hijo y consiguieron hablar con los inquilinos, una pareja, de etnia gitana, con dos niños pequeños y un adolescente, quienes al ser preguntados por como habían entrado dijeron, que la casa se la había alquilado un señor que habían conocido en un bar y que todavía no les había dado el contrato, pero que ya le habían entregado 300 euros en depósito y otros 300 de alquiler.
El 3 de febrero de 2010, denunciaron ante el Juzgado de Guardia de Lugo la usurpaciòn de su mencionada vivienda, regresando, poco después a su residencia habitual en León, sin personarse posteriormente en la causa con abogado y procurador. Sin embargo, para su sorpresa, cuando, meses mas tarde, acudieron al Juzgado al que el asunto había correspondido por reparto, para informarse sobre la marcha del procedimiento, constataron que, mediante un Auto de fecha 2 de junio de 2010, había sido sobreseido, con el argumento de que, si bien existían datos suficientes para la determinación de la naturaleza de los hechos como delictivos, no había sido posible conocer la identidad de los autores.
En vista del éxito, los propietarios optaron por contratar los servicios de un abogado, quien les recomendó abandonar la vía penal, ante la firmeza de la resolución judicial, debido al tiempo transcurrido sin haber sido recurrida, sugiriéndole que, dado que aún no había trasncurrido un año desde la okupaciòn, iniciase en la vía civil un proceso de desahucio por precario que, por su caracter sumario, consideraba como como la vía más rápida para recuperar la posesión de la vicienda okupada.
Los propietarios acudieron al Diario "El Progreso" a explicar lo ocurrido, y el día 10 de Junio, ese diario, publicaba un artículo con la identidad y fotografía de los okupas, junto a su increible versiòn de los hechos.
Tras esta publicaciòn y según el citado diario, fuentes judiciales explicaron que el sobreseimiento estuvo avalado por el fiscal y motivado porque la Policía informó que los ocupantes habían dicho que tenían un contrato de alquiler. Además apuntaron que se trataba de un sobreseimiento provisional y que ahora, al conocerse la identidad de los okupas, podría reabrirse nuevamente el caso a instancias el fiscal o del perjudicado.
Ahora los propietarios se están planteando la posibilidad de retomar la vía penal e incluso ampliar la denuncia a un supuesto delito de falsedad, para intentar conocer si el contrato a que aluden los "presuntos" okupas, y que fué mostrado a los periodistas del diario "El Progreso", es real, inexistente o falso. Claro que, si tal contrato no hubiera sido, hasta ese momento, aportado a la causa, es muy posible que desaparezca, y con ello el objeto del posible delito de falsedad; Con lo cual solo sería perseguible la usurpación.
La última información publicada por el Diario "El Progreso" dice al respecto que la Fiscalía no solicitó la reapertura de la causa, y que los propietarios, finalmente desistieron de la vía penal, desengañados con el sistema, y aceptaron el consejo de su abogado, de acudir a la vía civil.
Ahora parece que el final del culebrón se acerca. Al parecer los okupas demandados no han comparecido en el juzgado para asistir al juicio de desahucio y aportar el famoso contrato en base al cual han logrado el sobreseimiento de la causa penal y que les ha servido de excusa legal para mantener la posesión del inmueble; Esta incomparecencia permite que, de cumplirse los plazos judiciales, que esa es otra, la notificación de la sentencia debería tener lugar dentro de seis días y la ejecución o lanzamiento en un més.
Sin embargo aún queda el epílogo, consistente en comprobar el estado de la vivienda, y del mobiliario, y la asunciòn de que, debido a la insolvencia de los okupas, los propietarios, como suele ser habbitual, no recibirá, en ningun caso ni un solo euro de indemnizaciòn, ni de los okupas, ni del ineficaz aparato estatal .
Y todo ello, mientras, al parecer, los okupas estaban recibiendo una subvención de 530 Euros de RISGA ( Renta de Inserción Social Gallega ).
Y este es es el calvario por el que habitualmente pasan la mayoría de las victimas de esa moda que, gracias a la pasividad de nuestros políticos, y a la ineficacia de nuestras instituciones judiciales amenaza con quedarse, y que ha dado en llarmarse "okupa".
En cuanto al okupa después de enredar con un supuesto contrato falso, se va de rositas, sin indemnizar ni pagar costas judiciales en el proceso civil, debido a su casi segura insolvencia, y sin tener que afrontar un proceso penal por usurpación y falsedad, gracias a una justicia penal que, a falta de acusaciòn pública, necesita ser espoleada por la víctima, personada como acusación particular, para mover sus oxidados engranajes.
Y a esto ltienen la desverguenza de llamarlo pomposamente JUSTICIA.
Pues con esta Justicia, se hace aplicable a la okupación un viejo dicho aplicable a la difamación y que podría rezar así : "okupa y enreda que algo queda"
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